Las convenciones colectivas tienen un límite temporal y su renegociación empieza por la denuncia, trámite que Japdeva cumplió la semana pasada atrayendo irremediablemente, en medio del conflicto actual, la atención general sobre la pertinencia y proporcionalidad de los beneficios laborales que aún están vigentes.
Sin mayor margen de discusión se debe frenar la prórroga automática de las convenciones colectivas del sector público de la mano del artículo 58 del Código de Trabajo.
No hay mal, privilegio, ni exceso, que dure cien años.
El Ministro de Trabajo reconoció en una entrevista reciente que el Gobierno desconoce cuánto le cuestan al Estado las convenciones colectivas del sector público, pero pese a ello, se han propuesto colocar la lupa sobre el conjunto de cláusulas, léanse beneficios laborales, por la vía de la denuncia. Es un buen camino, legítimo y necesario.
¿Qué significa la denuncia de la convención? Que antes de que se venciera el plazo acordado, en el caso de Japdeva fue de 2 años y finaliza el próximo 31 de diciembre, la parte patronal informó al Ministerio de Trabajo su intención de iniciar una renegociación del convenio, eliminando así la posibilidad de una prórroga automática.
La convención colectiva no es un instrumento para establecer privilegios de duración indefinida, sin embargo, algunas veces por la quietud patronal se han tendido puentes hacia la conservación estática de los privilegios, apuntando hacia la perpetuidad sin considerar fluctuaciones económicas ni sociales.
Denunciada la convención nos encontramos ahora en un periodo de transitoriedad, sumido en un círculo poroso cuyo eje gira en torno a una huelga que además de ilegal se resiste radicalmente a través de manifiestos actos de pasión desbordada y hostilidad.
Sintrajap entre aleteos varios y al calor de la desesperación ha ido en estos 13 días desnudándose ante el país, dejando ver que hace falta un “reset” inaplazable en la forma de plantear y abordar los conflictos para que el debate no se enrede ni se desgaste entre las ínfulas desinfladas de unos cuantos.
¿Qué sigue después de la quema pública de fotografías y de las amenazas violentas de salir a “tirar garrote”?. Estos actos torticeros lo ponen a uno a pensar si hoy por hoy los trabajadores sienten verdadera conexión con los interlocutores que han elegido para representarlos.
¿Cuál es la proporcionalidad entre el peso de los beneficios laborales negociados por Sintrajap y la capacidad económica de Japdeva?. ¿Será que parte del “combo” de la huelga es presionar para que no se apliquen cambios en la convención aún vigente ya denunciada?.
La renegociación debe validar que la convención colectiva no sea un ancla que impida el cumplimiento de los fines para los que ha sido creada la institución, sino más bien que favorezca su competitividad y con ello el bienestar de sus trabajadores.
La optimización en el uso de los recursos públicos debe reflejarse en cada una de las convenciones colectivas que se formalicen, y ligar al menos determinados beneficios al cumplimiento de indicadores objetivos de eficiencia. Pensando en otros casos que puedan denunciarse y renegociarse en el futuro, me pregunto si el encarecimiento de los costos laborales producto de una convención colectiva puede incidir en la fijación de los precios/tarifas de los servicios públicos. Lo que en otras latitudes se ha denominado como cláusulas del convenio “de repercusión en precios”.
La denuncia es el camino correcto, que espero llegue a buen puerto.
Ya es hora también de analizar con detenimiento la imputación de responsabilidad a los sindicatos frente a sus agremiados por promover, liderar y coordinar movimientos huelguísticos contrarios a Derecho, y que el Gobierno deje de aceptar la no aplicación de rebajos salariales por los días no laborados durante una huela ilegal.