Además de la irónica constitución de una empresa dedicada profesionalmente a lavar dinero y la investigación que se sigue contra el exfutbolista ídolo de muchos, existen otras múltiples actividades en las que legitimar el capital o “lavar dinero” resulta factible, los seguros no son ajenos a este cáncer socio-económico .
Quizá el sector más “blindado” es el financiero (Banca, Valores, Pensiones y Seguros), donde se ha venido gestando un esfuerzo por limitar la posibilidad de lavar dinero. Respecto a la actividad aseguradora, siendo la más reciente en cuanto a supervisión y control, se adoptó inicialmente la normativa aplicable a la actividad bancaria, lo que presuponen algunas incompatibilidades en ciertas áreas, por ejemplo, el término “transacción” o “cuenta” muchas veces no se adaptan idealmente; o bien, el tratamiento de este tema en productos bancarios no es compatible muchas veces con los productos de seguros.
De lo más sencillo a lo más complejo. Lavar dinero o legitimar el dinero significa básicamente:
La manera por medio de la cual se trata de introducir en la economía de un país, dineros cuyo origen proviene de actividades ilegales; este concepto se compone de dos elementos:
- Dinero o patrimonio que proviene de un delito grave: narcotráfico, trasiego de armas, robo de cable y alcantarillas, entre otro sin fin de actividades.
- Quien realiza el acto de legitimar el dinero, sabe del origen y dolosamente actúa.
Legitimación de capital. Por otro lado, lavar dinero en el mercado asegurador sin que medie fraude es introducirlo en el sistema para poder retirarlo totalmente limpio, independientemente del origen del mismo, sea secuestro, robo, narcotráfico, entre otros.
Ciertamente, respecto de otras actividades, seguros es un sector de muy baja probabilidad para lavar dinero, no obstante, las dos principales maneras de lavado de dinero, sin perjuicio de algunas otras maneras que los lectores quisieran apuntar en sus comentarios, son:
- Pólizas de vida con componente de ahorro: En este tipo de seguros de vida, existe la posibilidad de ahorrar dinero en valores de rescate en el tiempo u otros rubros más sofisticados de ahorro en los que a través de un componente de la prima (o pagos extraordinarios) se aporta como ahorro para formar ese capital, o bien, es posible pagar un monto adicional con destino especial para dicho ahorro. Una vez depositado en las cuentas de la aseguradora, puede ser luego retirado por el criminal y ser utilizado como dinero lavado o legitimado.
- Emisión de pólizas e inmediata cancelación: El criminal solicita emitir una póliza de seguro, paga la prima y al día siguiente tiene la posibilidad de darla por terminada (cancelarla). En este caso, el criminal pierde un pequeño porcentaje del dinero ingresado porque la Ley Reguladora del Contrato de Seguros permite la terminación anticipada del seguro siempre que se notifique con al menos un mes de anticipación, es decir, la entidad aseguradora tiene un mes para dar efectivamente terminado el seguro y devolver la prima no devengada; ese dinero ingresó sucio y salió lavado.
Es lamentable lo que ocurre hoy día en nuestro país, pero deberán gestarse mayores esfuerzos para resguardar la salud económica del país, procurando dar prioridad al desarrollo de mecanismos, procesos y normas que regulen otras actividades que hoy día están descuidadas y en las que pueden estarse realizando una enorme cantidad de lavados de dinero.