El 6 de junio se publicó el Decreto Ejecutivo No. 39673-H mediante el cual se llevó a cabo una amplia reforma al Reglamento de Procedimientos Tributarios, la cual introduce una serie cambios relevantes para los contribuyentes.
Recordemos que este reglamento se aprobó en marzo de 2014 y que vino a desarrollar la nueva versión del Código de Normas y Procedimientos Tributarios (CNPT) resultante de las reformas introducidas en la Administración Chinchilla con la Ley de Fortalecimiento de la Gestión Tributaria.
Según lo indicado en la redacción del nuevo decreto, el objetivo del Ministerio de Hacienda es otorgar “una mayor seguridad jurídica” al procedimiento, simplificando algunos puntos de este. Si bien la simplificación se logra en algunos extremos, me parece que en ciertos casos se da a costas de los derechos de los contribuyentes.
Un ejemplo es la nueva redacción del artículo 182 en relación con las garantías de pago. La actual redacción reduce las opciones de garantía, lo que pondrá una mayor carga al contribuyente, lo que podría acrecentarse en razón de lo que determine la Sala IV con el artículo 144 CNPT.
Los temas que desarrolla la nueva redacción del reglamento son muchos y de variada naturaleza. Sirvan estas líneas más para recomendar la revisión y lectura de la nueva versión que para explicar su contenido, el cual es extenso.
No debe creerse que estas reformas procesales solo deben ser de interés de los abogados que se dedican a los temas fiscales. Nada más alejado de la realidad.
Todo operador tributario, sea profesional independiente, empresario o gerente financiero deben conocer estas modificaciones, ya que les afectará su toma de decisiones en materia tributaria, tanto si es una proceso de adquisición (modificaciones al alcance de la responsabilidad solidaria), un simple procedimiento formal (cambio en ciertos plazos) o la definición de las opciones de facilidades de pago.