La emisión de leyes ambientales en Costa Rica ha sufrido un estancamiento en los últimos tres años. Tanto es así, que la Asamblea Legislativa ha aportado únicamente seis leyes, entre ellas, la que declara a Costa Rica país libre de minería metálica a cielo abierto. No obstante, hay 90 expedientes esperando ser tramitados, algunos tan importantes como el de la Ley para la Gestión Integrada del Recurso Hídrico , que lleva en la corriente parlamentaria más de ocho años.
Las buenas noticias son que, por lo menos, en el tema de manejo de residuos ha habido un gran avance en los últimos años. En julio del 2010 se publicó la Ley para la gestión integral de residuos, N° 8839, importante porque vino a cubrir la laguna existente en esta materia. La ley, además de introducir los conceptos de responsabilidad compartida y responsabilidad extendida del productor, estableció obligaciones concretas para todos los involucrados en la gestión integral de los residuos, cuando antes únicamente existían buenas prácticas.
De esta forma, se establecieron obligaciones para los generadores de residuos, como la de separar los residuos generados desde la fuente, o la de entregar los residuos sujetos a disposición final y vigilar para que sean gestionados en forma ambiental y sanitariamente segura por medio de un gestor autorizado. Asimismo, se establecieron una serie de conductas consideradas como infracciones administrativas e incluso como delitos, castigadas con penas de prisión.
Otro aspecto importante es que estableció la obligación para las municipalidades de dictar los reglamentos en su cantón para la clasificación, recolección selectiva y disposición final de residuos. Ya 24 municipalidades cuentan con su correspondiente reglamento, el resto trabaja en él.
Recientemente, aunque dos años más tarde de lo esperado, se ha publicado el Reglamento a la Ley para la gestión integral de residuos , N° 8839, a saber, el Reglamento General a la Ley para la Gestión Integral de Residuos , Decreto Ejecutivo N° 37567-S-Minaet-H. Por este medio, se han concretado obligaciones que se citaban en la ley pero que se dejaron para desarrollo reglamentario, como el registro de los gestores de residuos, los programas de gestión integral de residuos de los generadores y los movimientos transfronterizos de residuos.
Finalmente, no deben olvidarse los reglamentos existentes sobre residuos peligrosos, llantas de desecho, lodos procedentes de tanques sépticos, residuos electrónicos, residuos infecto-contagiosos o rellenos sanitarios, que hacen que prácticamente esté cubierto casi toda la gestión de los residuos en Costa Rica.
Actualmente, el Ministerio de Salud trabaja en varios reglamentos de residuos. Con la publicación y aplicación de esos reglamentos se pretenden cubrir todas las áreas del manejo de residuos. Por esto, es importante que los empresarios conozcan esta tendencia de regulación en residuos y revisen cómo están manejando y gestionando sus residuos, para prevenir sanciones.
Respecto de la gestión del recurso hídrico, debe notarse que en Costa Rica la Ley de aguas vigente data de 1942, si bien existen otras leyes conexas. Esto demuestra, además de la dispersión normativa en esta área, sus carencias.
En este momento, el proyecto en discusión corresponde a una iniciativa popular, que busca reunir en una única ley toda la legislación de aguas dispersa.
En noviembre de este año se vence el plazo para que los diputados voten el proyecto. Esperamos que el texto que se apruebe permita traer a escena una regulación moderna, que ayude a resolver temas tan serios como el manejo de aguas negras, la sobreexplotación del recurso, entre otros.