El próximo 29 de noviembre será el llamado Black Friday (“viernes negro”), en el cual muchas empresas realizan distintas promociones especiales para esta ocasión.
A partir de ese día, para muchos, arranca “oficialmente” la época de ofertas de fin de año.
Ahora bien, toda oferta o promoción como promesa al consumidor, conlleva ciertas exigencias legales adicionales a las que aplican para ventas normales.
A esto se suma el hecho de que en esta época el consumidor espera ver promociones especiales, por lo que sus expectativas son más elevadas (y por ende, más fáciles de desilusionar).
El principal deber de las empresas, al ofrecer descuentos especiales, se relaciona con el derecho a la información de los consumidores. De aquí se desprenden principalmente los siguientes deberes:
No se deben generar expectativas exageradas en comparación con lo exiguo del beneficio.
Debe informarse tanto el precio anterior como el precio de oferta (o la ventaja especial que recibe el consumidor), de forma tal que el consumidor pueda entender en forma simple y clara cuál es el beneficio que obtendría en caso de aceptar la oferta.
El precio anterior del producto debe ser efectivamente el precio al cual se ha venido ofreciendo el producto en forma usual y por un periodo de tiempo razonable. Una forma de descuento engañoso es anunciar como precio anterior un monto al cual nunca fue ofrecido el producto, o bien, subir el precio artificialmente por un período de tiempo sumamente corto para después anunciar el precio descontado.
Cuando se anuncie un límite de tiempo para la oferta (por ejemplo: “Solo por hoy”, “Descuento de fin de semana”, etc.), dicho periodo de tiempo debe observarse en forma estricta. Es decir, debe respetarse la oferta durante toda su vigencia, y el precio deberá volver a su nivel normal inmediatamente después de vencido el plazo. Por otro lado, si la duración de la promoción es “hasta agotar existencias”, se debe de indicar cuantas existencias hay disponibles.
En ofertas que apliquen a un grupo de productos con un rango de descuentos (“hasta 20%” o expresiones similares) la cantidad de los productos a los cuales se aplica el rango máximo de descuentos deberá significar una porción relevante de la totalidad de productos ofrecidos.
Detalles de peso
Adicionalmente, aplican también ciertas reglas comunes a todo tipo de promoción, tales como indicar la fecha de inicio y de finalización de la promoción; detallar en qué consiste la promoción y la forma de participar; señalar si hay restricciones o condiciones especiales para participar, así como tener las reglas completas de la promoción.
Es importante tener en mente que estamos en muchos casos ante obligaciones formales, por lo que su incumplimiento podría implicar una sanción aun cuando no exista una intención de engañar.
Asimismo, cualquier ambigüedad o contradicción en lo ofrecido se interpretará siempre a favor del consumidor.
Según datos de la Comisión Nacional del Consumidor, el año pasado, un 70% de las empresas que realizó una promoción para el Black Friday, incumplió alguna de las obligaciones exigidas (estoy seguro de que muchas de ellas lo hicieron actuando de buena fe).
Con un planeamiento y prevención adecuados, es posible lograr aumentar las ventas de la empresa sin que esto ocasione problemas futuros o decepción en sus clientes.