Las nuevas autoridades del Ministerio de Hacienda pusieron sus cartas sobre la mesa para intentar disminuir la elusión y la evasión fiscal.
Su máxima apuesta la hacen al proyecto de Ley para Mejorar la Lucha contra el Fraude Fiscal , iniciativa que presentó el Poder Ejecutivo para su discusión durante sesiones extraordinarias
En conjunto, esa propuesta para mejorar la recaudación tributaria y varias acciones para recortar el gasto público, como congelar las “pensiones de lujo” con cargo al presupuesto y eliminar partidas superfluas por el orden de los ¢40.000 millones, deberían dar como resultado una disminución en el déficit de un 1,85% de la producción para finales del 2015, según Hacienda.
En la revisión del Programa Macroeconómico, el Banco Central (BCCR) proyectó que el déficit fiscal alcanzaría el 6% del Producto Interno Bruto (PIB) cuando termine el 2014.
Puntualmente, el proyecto “antievasión” tiene como sus pilares pilares las reformas al Código de Normas y Procedimientos Tributarios y a la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR). Con estas armas la Dirección General de Tributación (DGT) pretende enfrentar la evasión y elusión fiscal que, según datos oficiales, fue de un 7,5% del PIB en el 2012
EF se dio a la tarea de desmenuzar el proyecto y trazar las consecuencias de su aprobación.
Parte del ejercicio fue consultar a las autoridades de Hacienda y de la DGT, así como a expertos en derecho tributario.
Estos son los puntos que resaltaron como los más importantes del proyecto de ley:
Contra la subcapitalización
Reduce porcentaje de intereses que se pueden deducir de la renta. Entre las reformas a la Ley del Impuesto sobre la Renta, se pretende crear un artículo 8 bis que dispone un límite a la deducción de intereses.
El monto deducible no podrá exceder el valor que resulta de multiplicar el monto total de los intereses pagados durante el periodo impositivo por tres veces la relación entre el saldo promedio anual del capital contable y el saldo promedio anual de todas las deudas del sujeto.
Es decir, el tributante podrá deducir su gasto financiero siempre que sus deudas no superen en proporción de tres a uno el capital contable que se compone del patrimonio contable, capital social, reservas y utilidades retenidas.
La justificación que ofrece Hacienda es que la reforma pretende frenar la práctica de que las casas matrices presten recursos a sus subsidiarias en el país a altísimos intereses, esto con el objetivo de trasladar las ganancias de esas empresas a otras regiones del mundo, donde el porcentaje que se tributa por renta es menor.
El cambio implica que las empresas deberán demostrar “fehacientemente” en sus declaraciones de impuestos que el uso de los préstamos cuyos intereses pretenden deducir están vinculados directamente con la generación de la renta gravable.
Los abogados Alan Saborío, socio director de Deloitte, y Diego Salto, socio del bufete AFC, coinciden en que el cambio homogeneizará las reglas de subcapitalización para todas las empresas, pues omite las diferentes necesidades de apalancamiento.
Rastro de los dividendos
Elimina la exoneración del pago del 15% por repartición de ganancias entre sociedades. La reforma al artículo 16 de la Ley del Impuesto sobre la Renta dispone que se eliminará la exención que existe hoy del pago del 15% sobre el traslado de dividendos entre sociedades anónimas.
Asimismo, se amplía la base de la renta imponible del tributo al incluirse una serie de ingresos que hoy no forman parte del cálculo del impuesto.
La Dirección General de Tributación explicó que con este cambio la meta no es generar ingresos tributarios adicionales por concepto de recaudación de renta que, durante los últimos cuatro periodos, representó casi un tercio de los ingresos totales del Gobierno Central
Por el contrario, la intención de Tributación es seguirle el rastro a los dividendos que se distribuyen las sociedades, práctica que, para las autoridades, significa la creación de entramados para evitar el pago sobre esa renta.
Hacienda niega que imponer el tributo sobre los dividendos que se reparten entre las sociedades genere una doble imposición al cobrarse también una tasa del 30% sobre la renta a las empresas.
El argumento del Gobierno es que esta última imposición y la que se pretende poner sobre los dividendos se generan en hechos distintos.
Sin embargo, el diputado Antonio Álvarez Desanti, del Partido Liberación Nacional (PLN), sostuvo que sí existe doble imposición, si se eleva la tasa de renta para las empresas hasta un 40,5% al sumarse ambos gravámenes, lo cual podría limitar la capacidad de inversión de las empresas, que utilizan los dividendos para reinvertirlos en sus proyectos.
Fuera de los “paraísos fiscales”
No serán gastos deducibles aquellos hechos en administraciones no cooperantes. La reforma al artículo 8 de la ley del ISR también destaca que no serán gastos deducibles aquellos que correspondan a operaciones realizadas directa o indirectamente con personas o entidades residentes en territorios que la Administración Tributaria costarricense califique como paraísos fiscales o administraciones no cooperantes.
La excepción a esta regla sería que la persona física o jurídica costarricense pruebe que el gasto que pretende deducir de la renta corresponde a una operación efectivamente realizada.
Hacienda argumentó que el cambio complementa la nueva normativa contra la subcapitalización que se incluye en los cambios al artículo 16.
El Poder Ejecutivo manifestó que limitar los gastos y las rentas hechas en el exterior implica que Costa Rica se “plante” contra los paraísos fiscales, lista negra en la que el país fue incluido hace dos años por el gobierno de Francia.
Para salir de ese listado, Costa Rica debió aprobar una serie de leyes para fortalecer la gestión tributaria y firmar convenios con decenas de naciones para el intercambio de información tributaria.
Fernando Rodríguez, viceministro de Ingresos, explicó que si el país desea formar parte de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) debe poner en práctica este tipo de reglas tributarias.
Aunque está de acuerdo con el objetivo de esta reforma, Salto opinó que en el fondo Hacienda estaría creando una renta mundial camuflada dentro del esquema de renta territorial.
Empero, la DGT negó ese señalamiento con el argumento de que el cambio no pretende gravar ingresos obtenidos en el exterior, sino, rechazar gastos no comprobables para su deducción.
reducción de informalidad en el hospedaje turístico
Se gravarían alquileres menores a un mes. Un cambio en el artículo 6 de la ley de renta pretende poner fin a la informalidad en el negocio del hospedaje de turistas.
Hacienda procura aclarar qué se entiende por casas de estancia transitoria con el objetivo de gravar esos alquileres con el impuesto de ventas para evitar competencia desleal entre los dueños de esas viviendas y los empresarios del sector hotelero.
El proyecto no especifica cómo mecanizarán los dueños de las viviendas de estancia transitoria el traslado del impuesto al Ministerio de Hacienda.
El sector empresarial celebra esta medida, pues saca de la informalidad a personas que lucran con el albergue de turistas en condiciones más ventajosas con respecto a los hoteles.
Declaración sería visa para trámites públicos
Personas físicas y jurídicas deberán inscribirse ante Tributación para optar por patentes. En materia de cambios al Código de Normas y Procedimientos Tributarios, el proyecto crea el artículo 18 bis que pretende que personas físicas y jurídicas que deseen obtener una autorización, licencia, patente o permiso ante la Administración Pública y las municipalidades deberán presentar como requisito su declaración de impuestos. Para cumplir con esta condición, deben estar inscritos ante Hacienda.
Asimismo, las autoridades quieren incluir la declaración entre los documentos por presentar a la hora de solicitar un crédito.
El efecto deseado con esta medida sería la reducción de la informalidad en áreas como el comercio y la industria.
Sin embargo, el abogado Alan Saborío duda de que el cambio vaya a disminuir la informalidad, pues ese sector de la economía no se financia con los bancos ni requiere de permisos para generar sus rentas.
facturas preocupan a hacienda
Por resolución general, la DGT limitará la cantidad de facturas. La modificación al artículo 128 del código tributario daría la potestad a los funcionarios de la Dirección de fijar un límite a la cantidad de facturas autorizadas a un contribuyente.
Carlos Vargas, director general de Tributación, indicó que la reforma busca promover el cambio en el comportamiento fiscal de contribuyentes morosos.
Explicó que la emisión sin control de facturas sirve para que las empresas inflen sus gastos para bajar la renta gravable.
Por su parte Saborío comentó que un efecto de esa limitación sería la imposibilidad de un empresario para producir, reduciendo sus rentas.
Según un estudio de Hacienda, el incumplimiento en el pago de la renta cayó en todos los sectores entre el 2010 y el 2012
Pese a esas señales, el Gobierno considera que la evasión aún es alta y busca fortalecer sus herramientas para cobrar mejor los tributos.
Los grandes contribuyentes, en tanto, no vaticinan buenos tiempos en caso de que las nuevas reglas se pongan en marcha, pues temen por su estabilidad.
La génesis del plan
Casas de estancia : Fue el ministro de Turismo Wilhelm von Breymann quien propuso gravar los alquileres a raíz de quejas de varias cámaras de turismo regionales.
Patentes: Hacienda recogió la propuesta de la diputada liberacionista Paulina Ramírez de cruzar la solicitud de patentes con la presentación de la declaración, práctica que se orginó en la Municipalidad de Cartago.
Créditos: De igual forma fue el ministro de Comercio Exterior, Alexander Mora, quien propuso que la declaración de impuestos sea requisito para solicitar un préstamo.
Inscripción: La exdiputada Patricia Pérez, en tanto, sugirió la inclusión del artículo 18 bis en el Código Tributario contra la informalidad.
Fuente Viceministro Fernando Rodríguez