La Sala Constitucional, en votación unánime, rechazó este miércoles de plano los recursos presentados contra la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Aresep) por aspectos referidos al mecanismo utilizado por la entidad para realizar ajustes tarifarios.
Los recursos cuestionan el accionar de la autoridad regulador, por considerar estos deben hacerse por medio de una fijación ordinaria y no extraordinaria, como se aplica actualmente.
En la sentencia 2013-3803, la Sala consideró que lo solicitado por la Cámara de Empresarios de Combustibles y otros ciudadanos, responden a un asunto de legalidad ordinaria que debe ventilarse ante la jurisdicción contencioso-administrativa.
Además, el Tribunal consideró que no le compete determinar si el margen de comercialización fijado es el correcto o no, por tratarse también de un tema de legalidad.
Los gasolineros habían solicitado a la Aresep un aumento en su margen de ganancia del 37%, pero por el contrario, la entidad aplicó una disminución de ¢5,48 por cada litro vendido. Una vez que la resolución aprobada por Aresep saliera publicada en el diario oficial La Gaceta, esta iba a generar una huelga indefinida por parte del sector.
Por el momento, el paro quedó en suspenso hasta que la situación sea aclarada en los tribunales correspondientes.