La posibilidad de tener un abogado laboral otorgado por el Estado y la de dictar sentencia oral para ahorrar tiempo son parte de los cambios del Código del Trabajo que deberán esperar luego de que el Poder Ejecutivo decidiera vetar parcialmente la reforma aprobada por los diputados.
El pasado 9 de octubre, el Ejecutivo devolvió a la Asamblea el proyecto 15.990 "Ley para la Reforma Procesal Laboral" pues está en contra de dos artículos que permiten huelgas en servicios públicos esenciales e impide al Gobierno contratar personal para atender estos servicios mientras los trabajadores están en paro.
Ahora los diputados deberán valorar los señalamientos para implementarlos o resellar el proyecto, es decir, dejarlo a como está, en cuyo caso el Gobierno deberá firmar el documento aunque no esté de acuerdo.
Reforma profunda
Alonso Vargas, director de departamento de litigio de Lexincorp, explicó que la reforma cambia todos los procedimientos que se siguen en los Tribunales.
Uno de los principales cambios es la incorporación de la oralidad a los procesos. Tanto la sentencia como las apelaciones podrán hacerse de manera oral, así que podrán ser trámites más rápidos.
Luis Sánchez, socio del bufete Facio & Cañas y especialista en derecho laboral, considera que este cambio no necesariamente garantiza un proceso más ágil, pues ya sin reforma se ha disminuido en la última década la mora judicial solo con medidas administrativas y de planificación. Además, la oralidad es un buen recurso, pero requiere de jueces más especializados y podría restarle oportunidades a las partes de defender sus alegatos.
Otro de los cambios propuestos en el texto es la posibilidad de que el Tribunal asigne un abogado laboral a las personas con ingresos bajos que no pueden costear el propio. Actualmente si la persona no tiene recursos se presenta sola ante el juez, comentó Randall González, director de la práctica laboral corporativa de BLP Abogados.
¿Veto tardío?
Este proyecto es la reforma más grande que se le ha hecho al Código desde su creación en 1943 y representa el trabajo de unos ocho años en Asamblea. Pese a contar con el apoyo de la fracción liberacionista, el Gobierno decidió retroceder lo acordado y devolver el documento a los legisladores.
Tanto Sánchez como González concuerdan con el veto hecho por el Poder Ejecutivo, pues la misma Constitución Política y jurisprudencia de la Sala Constitucional señalan que las huelgas no pueden darse en servicios vitales como la salud, pero consideran que el Ejecutivo pudo coordinar de antemano con los diputados y no esperar hasta el final para devolver el proyecto.
"Ahora en la Asamblea puede pasar cualquier cosa y todo el trabajo podría quedar sin efecto", externó González.
Sandra Piszk, ministra de Trabajo, comentó que es una iniciativa de más de 200 artículos y las discrepancias se centraron en otros aspectos; considera además que la reacción del Gobierno no llega tarde, pues tienen el derecho a ejercer el veto diez días después de que les entregan el proyecto aprobado.
"Sobre estos dos artículos no nos habíamos percatado que persistían así redactados, el proyecto es largo y complicado y la discusión la absorbieron otros puntos", comentó.
La Ministra confía en que los diputados le darán prioridad al proyecto y no se atrasará su aprobación.