La “Ley de fortalecimiento de la gestión tributaria” reforma los plazos para que las obligaciones tributarias se extingan por prescripción, las extendiende de 3 a 4 años (y de 5 a 10 años en casos en que el contribuyente no esté inscrito, no haya presentado declaración o sea fraudulenta). Retroactividad es la sumisión a la nueva ley de una situación jurídica nacida con una ley anterior. Según el artículo 34 constitucional, “a ninguna ley se le dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna, o de sus derechos patrimoniales adquiridos o de situaciones jurídicas consolidadas”. ¿Cuándo se “consolida la situación jurídica” de un tributo: al presentar la declaración jurada o al vencerse el plazo de prescripción que estuviere corriendo?