En la Ley de Patentes de Invención, Dibujos y Modelos Industriales y Modelos de Utilidad que está vigente en nuestro país se protegen diversas formas de invenciones; los dibujos industriales son una de las posibilidades de protección.
De acuerdo con dicha ley, se considerará un dibujo industrial toda reunión de líneas y colores que dé una apariencia especial a un producto industrial o artesanal y que pueda servir de base para su fabricación.
El diseño industrial debe ser nuevo, original y tiene como principal característica que se protege únicamente sus características estéticas y no las funcionales, pues eso está reservado para los modelos de utilidad o bien las patentes de invención. Lo que se busca con la protección de los dibujos industriales es dar protección a lo esencialmente estético.
El plazo de protección de esta figura es de diez años a partir del momento en que se inscribe el derecho y usualmente su costo no es tan alto, como sí sucede con las patentes de invención y los modelos de utilidad. Al igual que sus derechos homólogos como las patentes de invención y los modelos de utilidad, la protección es territorial, lo que tiene por consecuencia que se deba inscribir el derecho en cada país en el que se busque tener protección. Por ende, en países en los que no se solicitó, el derecho no es reconocido.
Aunque en la mayoría de países del mundo los requisitos son similares, el plazo de protección sí varía y usualmente oscila entre los diez y los veinticinco años. Esta situación ha generado que existan una serie de iniciativas para armonizar el derecho en los distintos países.
Por mucho tiempo los dibujos industriales no representaron un porcentaje alto de las solicitudes que se ingresaron a las oficinas de patentes del mundo; sin embargo, hoy esta situación ha experimentado un cambio radical, pues se ha dado un auge en la industria informática de las Interfaces Gráficas de Usuarios o GUI, por sus siglas en inglés, los tipos de fuentes y los íconos. Estas figuras antes descritas son reconocidas y protegidas por muchas legislaciones como dibujos industriales.
Las GUI son programas informáticos que actúan de interfaz de usuario, utilizando un conjunto de imágenes y objetos gráficos para representar la información y acciones disponibles en la interfaz. Los íconos de las apps e inclusive el contenido de estas pueden constituir una interfaz gráfica de usuario y, por ende, un dibujo industrial.
Esta forma de protección ha sido utilizada como complementaria o alternativa a los derechos de autor, que es por definición la manera más amplia y usual de proteger las GUI.
En esta misma línea y aun cuando los derechos de autor han sido la modalidad más usual de protección para estas interfaces, lo cierto del caso es que los dibujos industriales se pueden constituir en una figura más flexible y que puede otorgar más derechos de explotación a nivel comercial.
Ahora bien, el principal reto que tienen los solicitantes de GUI al momento de registrarlas ante las distintas oficinas de propiedad industrial del mundo como dibujos industriales, consiste en reclamar protección únicamente sobre los aspectos ornamentales sin que ellos se constituyan o devengan en funcionales, pues de ser así, tal y como se explicó con anterioridad, el dibujo será rechazado.
Es importante, por lo tanto, tener noción de que existen distintas maneras de proteger las GUI, ya sea como derechos de autor o, más recientemente, como dibujos industriales. En ambos es necesario entender los alcances de cada figura y sus ventajas, reiterando que se protegen aspectos estéticos y no funcionales.