Los abogados alegaban que ese Ministerio solo les entregaba menos del 1% anual que les correspondía.
La Sala previno a Hacienda y le solicitó no incurrir a futuro en los actos u omisiones señalados con respecto al giro del 7% de lo recaudado por el impuesto sobre la renta.
Según consideraron los magistrados, el no depositar la totalidad de los recursos "repercute sobre los intereses y los derechos fundamentales de los menores y las madres, protegidos por el Patronato Nacional de la Infancia, según dispone el artículo 55 de la Constitución Política", indica la resolución del recurso.
El Tribunal consideró que la asignación debe girarse en el próximo presupuesto y en los siguientes como lo establece la ley.