Economía y Política

Salario en especie debe reunir cuatro requisitos para efectos tributarios

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Frecuentemente los tributos se establecen sobre figuras reguladas por otras ramas del Derecho, como compraventa (regida por el Derecho Civil), sobre dividendos (Derecho Mercantil) o salarios (Laboral). El artículo 8 del Código Tributario dice: “cuando la norma relativa al hecho generador se refiera a situaciones definidas por otras ramas jurídicas, sin remitirse ni apartarse expresamente de ellas, el intérprete puede asignarle el significado que más se adapte a la realidad considerada por la ley al crear el tributo”. El tributo puede tener una definición “tributaria” propia, o bien, remitirse a la definición de la otra rama jurídica y, en este segundo caso, el intérprete (el auditor) tiene algunas libertades interpretativas.








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