Economía y Política

¿Ya actualizó el valor de su propiedad?

Columna Tributaria

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El Impuesto de Bienes Inmuebles fue creado a favor de las Municipalidades por medio de la Ley 7509. Lo debe de pagar todo propietario o poseedor de un bien inmueble, entendido éste como el terreno y las instalaciones fijas y permanentes que existan en la propiedad. La tarifa es del 0.25% sobre el valor del bien inmueble. Se puede cancelar de forma trimestral o anual, aunque el hecho generador ocurre en virtud de la titularidad del bien inmueble al 1° de enero de cada año.








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