| Archivo | Indicadores | Domingo 05 de octubre, 2003 | Escríbanos |
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En relación con el Poder Tributario Municipal, la Sala Constitucional ha afirmado que son las municipalidades, en el ejercicio de la autonomía que les garantiza el art. 170 de la Constitución, las que crean las obligaciones impositivas locales. Incluso, el Alto Tribunal llegó a sostener que "constitucionalmente no es posible que la Asamblea Legislativa tenga un papel creador de los impuestos municipales". Confusión por origen de las obligaciones Gran ausente en proyecto de ley Los principios en los que deben basarse los cambios legislativos deben obedecer al consenso internacional con el fin de evitar la doble imposición. Asimismo, el principio de neutralidad es vital. El tratamiento tributario que se de al e-commerce no debe ser discriminatorio. Y mucho menos deberíamos pensar en impuestos a transacciones por Internet como se ha propuesto en algunos países |
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