| Archivo | Indicadores | Sábado 17 de abril, 2004 | Escríbanos |
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Comercio | Reforma a ley espera por trámite en Asamblea Legislativa Urge ley para arbitraje internacional Mario Bermúdez VivesEl Financiero Cafta renueva necesidad de definir marco para este tema La resolución alterna de conflictos en el país necesita una modernización: urge incluir el arbitraje internacional en este marco legal, ante el avance de procesos comerciales que lo requerirán. Un expediente espera para dar rango legal al arbitraje internacional en Costa Rica: el proyecto 14.241 (Ley sobre resolución alterna de conflictos y promoción de la paz social) hace fila en el Plenario desde abril del 2002, cuando fue dictaminado. Empero, no ha logrado la voluntad política necesaria para avanzar. Pero las condiciones del comercio presionan para que esto cambie: la coyuntura del Tratado de Libre Comercio entre Estados Unidos y Centroamérica (Cafta, por sus siglas en inglés), implica buscar el atajo de procedimientos como la conciliación y el arbitraje, ante el atascamiento que suelen presentar los tribunales. Gretty Clausen, directora del Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio, destacó que en la actualidad no existe marco legal para el arbitraje internacional, porque en la ley aprobada en 1997 no se incluyó el tema. Eso se subsana en el proyecto con un capítulo dedicado al tema. "El objetivo es que se regule. La propuesta es regir los arbitrajes internacionales con una recomendación de las Naciones Unidas, la ley modelo para el derecho mercantil internacional (Uncitral). Esto permitiría un esquema armonizado con otras normativas", dijo Clausen. Se trata de mucho más que dar una opción para el intercambio comercial: según datos del 2000, mientras un proceso en los tribunales de materia civil duraba un promedio de 30 meses para alcanzar sentencia de primera instancia, los casos de arbitraje en el país requerían siete meses para esa misma condición. "Siempre hay ajustes que realizar y por ello la importancia de la reforma, pero lo importante es que estos procedimientos son más ágiles y tienen valor legal. Son una alternativa cada vez más importante, por ello es necesario ampliarlo al ámbito internacional", expresó Clausen. El valor de otra vía La experiencia en la resolución alterna de conflictos en Costa Rica se remonta a 1993, mediante programas desarrollados por la Corte Suprema de Justicia, en el marco de los esfuerzos de modernización. En la actualidad existe más de una decena de centros de este tipo, los cuales impulsan una vía alterna a los tribunales, desde la conciliación (negociación entre partes con un facilitador) al arbitraje, donde se crea un tribunal especializado para el caso particular. Para ello se requiere una cláusula arbitral que debe ser muy clara, ya que de ella se deriva la competencia de este tribunal y la fluidez del proceso. La evolución satisfactoria de estos mecanismos podría trasladarse a la situación internacional, pero la ley actual no lo permite. A manera de ejemplo, la normativa vigente establece que el arbitraje debe realizarse en idioma español, y establece que los árbitros deben pertenecer al Colegio de Abogados de Costa Rica, lo que impide la participación de árbitros internacionales. El proyecto especifica el concepto de arbitraje internacional, así como las funciones de los árbitros internacionales, sus facultades y el procedimiento. Camino pendiente La reforma no parece tener conflicto en el sentido conceptual. Su problema radica en la escasez de espacio en la agenda legislativa, agobiada por temas pendientes: la reforma fiscal y el Cafta acaparan un gran volumen, y existe además una lista de espera con temas como reformas financieras, reformas electorales, y un largo etcétera. Pero la presión de las nuevas condiciones parece elemento suficiente para tener que buscar un espacio. En caso contrario, el país podría quedar atrasado en esta vía clave para resolver conflictos comerciales. |
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