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ICT pide a Contraloría reconsiderar criterio sobre incentivos turísticos


Ana Cristina Camacho
Periodista

La junta directiva del Instituto Costarricense de Turismo (ICT) solicitó a la Contraloría reconsiderar su posición respecto al informe que realizó sobre los incentivos turísticos en vista del impacto que podría causar modificaciones a la ley en materia de inversiones y desarrollo de la actividad.

La Contraloría emitió un informe el pasado 6 de setiembre con el propósito de evaluar las políticas y procedimientos aplicados en la declaratoria y el contrato turístico, y si es válida la ley de exoneraciones para ciertos bienes utilizados en la industria turística.

El ente fiscalizador basa sus opiniones en un estudio elaborado por el ICT para el período comprendido entre 1998 y 2002 que abarcó una muestra del 8% del total de contratos turísticos que tenían exoneraciones. De los 1.037 contratos, 290 adquirieron bienes con exoneración del pago de tributos y de estos, ocho son de agencias de viajes, cinco de hospedaje, tres de arrendamiento de vehículos, tres de transporte aéreo, dos de transporte acuático y dos de gastronomía.

Reacción

La reacción del ICT no se hizo esperar. De acuerdo con el ministro del ramo, Rodrigo Castro, este informe es contrario a fallos anteriormente emitidos por la Sala IV en temas como la imposibilidad de fijar plazos a los contratos turísticos por la vía administrativa pues no fueron previstos por la ley. Para Castro esta normativa ha permitido al país posicionarse como uno de los destinos más importante del mundo ya que se incentivó la inversión en esta industria. En los años 80 el país apenas recibía 300.000 turistas al año y contaba con 4.866 habitaciones hoteleras. A partir de la promulgación de la ley en 1985, se ha llegado a tener 36.000 cuartos y una visitación que alcanza 1.238.692 pasajeros.

Al ministro Castro le preocupa los alcances que podría tener este informe respecto al crecimiento del 30% anual que ha experimentado la actividad y la necesidad que tiene el país de aquí al 2012 de contar con inversiones nuevas para obtener 19.000 habitaciones más.

Escaso control

Dentro de los resultados obtenidos en el informe contralor, se dice que 30 años después de haberse creado el ICT vino la promulgación de la Ley de Incentivos para el Desarrollo Turístico 6990 de 1985, y a la fecha tales incentivos no han sido otorgados bajo criterios de temporalidad (es decir, no tienen un tiempo definido de duración). Tampoco, afirma el informe, se basan en estudios de asociación a rentabilidades de las empresas, sino que permanece abierta la posibilidad de que el ICT genere programas o proyectos sin que esten ligados necesariamente a un plan general de desarrollo sostenible ni a metas claras de crecimiento y desarrollo turístico.

Reza el informe que esta ley no estableció mecanismos de evaluación y control efectivos para saber si se cumplen con los propósitos de estos contratos como para saber si conviene continuar o no con esos incentivos.

La Contraloría llama al ICT, su gerencia y junta directiva, a generar estudios que permitan medir el impacto de esta ley de incentivos de el desarrollo de la infraestructura turística en otras áreas como la ecologica (deterioro ambiental) o en lo social (generación de empleo y calidad de vida), los cuales hasta el momento no se han efectuado.

Recuerda el documento que el ICT avaló durante el período que comprendió el estudio 516 contratos de los cuales 176 se han beneficiado por la exención de impuestos a la importación o compra de bienes catalogados como vitales para su funcionamiento. Sobre lo anterior la Procuraduría emitió su criterio en el sentido de que tales incentivos deben recaer sobre un proyecto específico para brindar nuevos servicios o productos y no deben ampararse al funcionamiento normal de la empresa una vez que entren en operación. En este sentido, revela la Contraloría se mantiene un régimen fiscal discriminatorio.

Recomendaciones

La Contraloría emite al final del informe una serie de recomendaciones entre las cuales destacan hacer una revisión de la ley y sus reformas basándose en el efecto fiscal para el país. Tener muy claro los fines por los cuales fue creada, en cuanto a su otorgamiento, actividades que desea impulsar, metas concretas de crecimiento, zonas de potencial turistico y necesidades de desarrollo. Pide que se modifique el reglamento del 5 de diciembre de 1995 en lo referente a plazos de vigencia de los contratos turísticos.

Al Ministerio de Hacienda le solicita suspender de inmediato la autorización de exenciones de impuestos a las empresas que se dedican a la pesca deportiva porque tal actividad no califica como beneficiaria de los incentivos según lo que estipula la ley.


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