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Sala IV rechazó recurso de Gas Zeta
17 Febrero 2005, 05:20 PM


Ana Cristina Camacho
Periodista

La Sala Constitucional rechazó por su fondo un recurso de amparo contra el Tribunal Ambiental Administrativo (TAA)

interpuesto por la empresa Gas Zeta, a la cual esa institución le ordenó el cierre de una de sus plantas en Bagaces, Guanacaste.

En enero pasado el TAA dio a conocer un fallo en el cual acordó el cierre de dos plantas de envasado de gas licuado de petróleo de las empresas Tropigás y Gas Zeta por operar sin la viabilidad ambiental que otorga la Secretaría Nacional Ambiental (Setena).

La primera planta está ubicada en Palmar de Puntarenas y la otra en Bagaces. Ambas, según la ley del Ambiente, deben contar con el aval de Setena como requisito para operar, pues así se garantiza que las envasadoras no atentan contra el ambiente ni las personas. Por tal razón el tribunal impuso medida cautelar a partir del 7 de enero.

Esta entidad resolvió así un reclamo presentado por otra empresa del sector, Super Gas GLP S.A. Ya en abril del año pasado se había ordenado el cierre de otra planta de Gas Zeta, localizada en Lagunilla de Alajuela.

Tres días después de haber sido notificados de la decisión del tribunal, Noel Edmundo Bustillos, en representación de Gas Zeta, interpuso un recurso de amparo ante la Sala IV pero ésta no le dio la razón.

En su momento, los personeros de las compañías afectadas habían asegurado al periódico La Nación que sus operaciones datan de antes de 1995, fecha en que empezó a regir la ley y por eso no están obligadas a cumplir con el requisito del aval ambiental en todas sus plantas. Pero la posición del TAA es que operar antes de la ley no puede considerarse como derecho adquirido y se debe acatar la legislación actual.


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