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Facilitan pago de impuesto de maquinaria a zonas francas
23 Febrero 2005, 04:20 PM

Con la publicación este martes de un decreto ejecutivo en el diario oficial La Gaceta, las empresas bajo el régimen de zona franca tendrán reglas más claras en el pago de impuestos sobre maquinaria, según informó hoy el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC).

En el decreto se establece que debe fijarse una proporción de ventas (en el mercado local) con base en la cual se fijará el tributo sobre la maquinaria importada. Esta proporción se realizará una sola vez.

Las empresas que operan bajo este régimen pueden importar maquinaria exonerada para realizar su producción de exportación, sin embargo, cuando parte de esa producción se vende en el país, estas deben pagar impuestos proporcionales a esa venta.

Si una compañía vende el 25% de su producción en Costa Rica, tiene que pagar los impuestos correspondientes a ese porcentaje, de acuerdo al valor de la maquinaria que se use para tal fin.

Antes de la modificación realizada, las empresas debían pagar todos los años fiscales una proporción de impuestos equivalentes a las ventas locales, o sea, si esa empresa vendía el 25% de su producción en el país, en cuatro años habría pagado el 100% de impuestos sobre la maquinaria dedicada a la exportación, perdiendo así el incentivo de la ley. Ahora, solo deberán realizar el pago una vez adquirida la maquinaria.

"El decreto también establece la obligación de las empresas de Zona Franca a ajustar el pago del impuesto, cuando se de un aumento en el porcentaje de las ventas que realizan a nivel nacional", indicó Isabel Cristina Araya, Directora de la Unidad de Mejora Regulatoria del MEIC.


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