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A juicio del economista Henry Mora, el artículo 10.1 letra c constituye una violación a la soberanía nacional porque con Cafta se impone al país un subtratado con todos las restantes naciones del mundo, pues se le obliga a tolerar las inversiones de naciones con las cuales no existe acuerdo y menos relaciones de reciprocidad.
Este subtratado implica un traslado de soberanía que atenta contra el mandato de los artículos 2 y 3 de la Constitución Política. Se está imponiendo otro acuerdo relativo a todas las inversiones en el territorio nacional, arrogándose Estados Unidos una soberanía que solo corresponde ejercer al pueblo costarricense.
Para el exnegociador Roberto Echandi no existe una violación de la soberanía.
El mencionado artículo busca un mismo nivel de trato para todas las naciones porque sencillamente no se pueden generar tantas políticas comerciales o de inversión como países haya en el mundo.
Es algo típico, incluso está contemplado en la Convención de Viena, que regula la aplicación de los tratados comerciales en el mundo.
En derecho internacional casi siempre se prevé que los países tengan una única política comercial frente a terceros.
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