| Archivo | Indicadores | Lun 13 jun, 2005 - Dom 19 jun, 2005 | Escríbanos |
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Deuda Pública | Impide a banca estatal comprar títulos del Gobierno y el Central a terceros Prohibición sobre títulos golpea a bancos Wilberth Quesada Céspedes Fisco captaría US$44 millones que entes públicos tienen en fondos de inversión Aunque fue aprobada en agosto del 2002, y de ella han emanado una serie de directrices presupuestarias, no es sino hasta ahora que la Ley de reestructuración de la deuda pública causa revuelo. Y es que de acuerdo con la Contraloría General de la República, esa legislación establece una clara prohibición a los bancos comerciales del Estado y el Banco Popular en cuanto a continuar invirtiendo en bonos del Gobierno y el Banco Central a través del mercado (secundario) de la Bolsa.
De acuerdo con el ente contralor, la Ley de reestructuración de la deuda pública únicamente permite a esas entidades y a sus subsidiarias (puestos de bolsa, sociedades de fondos de inversión y operadoras de pensión), hacer esa gestión a través de ventanilla, es decir, de forma directa, solo en el mercado primario. La normativa es extensiva a las instituciones que están bajo la supervisión de la Autoridad Presupuestaria, que se han visto obligadas a trasladar las inversiones que hicieron en esos títulos a través de terceros, directamente con el Gobierno. A pesar de esa prohibición, a abril pasado un total de US$44 millones (¢20.895 millones) están invertidos en fondos de inversión, lo que conforme a las directrices presupuestarias de este año deben ser retirados de inmediato de esa industria. El tema tomó relevancia tras una respuesta que la Contraloría le dio al Banco Nacional el 26 de mayo pasado, en la que le aclara que el acceso por parte de la banca pública al mercado secundario para la compra de dichos bonos no es posible porque la disposición que lo prohibe está vigente. El Ministro de Hacienda, Federico Carrillo, aclaró algunas de estas interrogantes al dar respuesta mediante correo electrónico a consultas efectuadas por este semanario (véase nota: "Bancos no pueden..."). Piedra en el zapato El Nacional le había solicitado a la Contraloría una aclaración respecto a los alcances de que los entes y órganos públicos sujetos a la Ley de reestructuración de deuda pública no pudieran invertir su recursos en fondos de inversión. El Banco criticó en esa oportunidad un criterio anterior de la Contraloría por la interpretación que hacía de esa Ley y su reglamento, y le señaló que se aislaba del bloque de legalidad. El Nacional asumía que para los bancos estatales (y su subsidiarias) debía darse un trato diferenciado. Sin embargo, el ente contralor le respondió que su respuesta se apegaba a la legalidad existente y que no podía hacer distingos donde la ley no los hacía. En la nota de respuesta al Nacional, la Contraloría le indica que consultó al respecto a Hacienda, el cual respondió que preparaba un proyecto de decreto para modificar esa normativa y que el acceso de los bancos al mercado secundario de deuda pública aún estaba en estudio. Implicaciones Consultados por El Financiero sobre las implicaciones de esa normativa, banqueros, operadores del mercado de valores y el superintendente de Valores (Sugeval), Danilo Montero, coincidieron en verla como una limitación que distorsiona, y restaría liquidez y profundidad al mercado secundario (véase recuadro: "Con disgusto"). Víctor Chacón, director de la Cámara de Fondos de Inversión, señaló que Hacienda está cruzando de forma nociva objetivos fiscales con los del mercado de valores. El superintendente de valores y el gerente de la Bolsa Nacional de Valores, José Brenes, dijeron que la medida atenta contra la implementación de la figura de creadores de mercado, que impulsa la Bolsa y que pretende una mayor profundidad de mercado. Esto por cuanto los bancos públicos no podrían tomar parte en esa figura. El abogado Guillermo Solórzano, experto en derecho bursátil, advirtió que esa disposición podría estar excediendo el alcance de regulación del Estado al involucrar a los bancos comerciales públicos.
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