| Archivo | Indicadores | Lun 7 nov, 2005 - Dom 13 nov, 2005 | Escríbanos |
|
|
Pensiones del Poder Judicial no tienen déficit Silvia Navarro Romanini Secretaria general de la Corte En relación con las publicaciones referidas al Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Poder Judicial, que aparecieron en la portada, editorial y en la sección de Finanzas de la edición No. 538 de El Financiero (31 de octubre-6 de noviembre), el Consejo Superior del Poder Judicial aclara: 1- El déficit proyectado en el Fondo de Jubilaciones al que se refieren dichas publicaciones es el resultado de un estudio actuarial del 2003, el cual se realizó bajo ciertos supuestos y parámetros. Ante los resultados obtenidos y atendiendo inquietudes de distintos sectores del Poder Judicial, se aceptó la colaboración de la Supen para realizar el análisis del citado estudio. 2- El Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Poder Judicial tuvo un superávit de ¢20.327 millones, al cierre del 2004. Esta cifra refleja que no existe ningún desfinanciamiento. Un dato relevante para cualquiera que desee examinar la realidad financiera de nuestro régimen de jubilaciones y pensiones es el que se extrae de sus resultados económicos. Los ingresos brutos crecieron un 20% entre 2003 y 2004, pasando de ¢25.000 millones a ¢30.252 millones, con una diferencia favorable de ¢5.052 millones, entre esos periodos. Con los ingresos del 2004, sin necesidad de afectar las inversiones del Fondo, se cubrirían casi tres veces los egresos totales para ese año (¢9.924 millones). En ese mismo orden, debe resaltarse que únicamente con la contribución tripartita al Fondo, en el 2004, que ascendió a más de ¢11.000 millones y sin considerar los ingresos por intereses por ¢18.500 millones generados en ese lapso, sería suficiente para cubrir los egresos totales, y aún así sobrarían ¢1.076 millones para engrosar al Fondo. 3- La Corte no ha conocido el estudio actuarial a que se hace alusión en la nota periodística, por lo que tampoco es cierto que haya pospuesto tomar decisiones. Ha sido el Consejo Superior del Poder Judicial, en el ámbito de sus competencias legales, el que recibió y estudió las conclusiones de ese estudio. Asimismo, fue este órgano, el que por transparencia y en cumplimiento de la Ley General de la Administración Pública -que exige brindar audiencia a los trabajadores sobre las decisiones que los vayan a afectar- acordó atender las observaciones que realizaron las organizaciones del Poder Judicial sobre dicho estudio actuarial y el que, en consecuencia con esa posición, aceptó la propuesta de la Supen de analizar las bases y conclusiones del documento, para ofrecer su criterio al respecto. Cambio en cotización 4- Deben saber los costarricenses que en los últimos 11 años la cotización de los servidores judiciales al Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Poder Judicial, pasó de un 5% antes de 1994 (que estuvo vigente por varias décadas) a un 7% a partir de enero de ese año, hasta llegar en 1997 a un 9% del salario bruto del trabajador. Es decir, que no resulta razonable ni adecuado comparar los beneficios y los requisitos que exige el régimen de Invalidez, Vejez y Muerte de la Caja Costarricense de Seguro Social con los que mantiene el Poder Judicial. Esto solo sería posible si todos los factores a considerar fueran iguales, pero es obvio que no es así. 5- Es necesario aclarar, que la actual Ley Orgánica del Poder Judicial, establece una edad de jubilación de 62 años y al menos 30 de servicio, para recibir el 100% del promedio de los últimos 24 mejores salarios (lo que representa, normalmente, cerca de un 90% del último salario). Estos son, ciertamente, los parámetros con que se jubilarán cerca del 85% de los servidores y servidoras judiciales. El restante 15% de trabajadores judiciales, solo conservan otros derechos que provienen, igualmente, de leyes de la República. Consecuentemente, ni se puede hablar de jugosas pensiones ni a los derechos se les puede llamar privilegios. 6- Los estados financieros del Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Poder Judicial, están a disposición de cualquier interesado en la página web www.poder-judicial.go.cr. |
Servicios De nuestros anunciantes
Todo Nuevo Pathfinder 2006: Emociones en grande |
|
|
| ¿Quiénes Somos? | Condiciones de Uso | Privacidad | Anúnciese en la versión impresa de El Financiero y Capital Financiero |
|
© 2005 El Financiero y Capital Financiero. El contenido de El Financiero y de Capital Financiero no puede ser reproducido, transmitido ni distribuido total o parcialmente sin la autorización previa y por escrito de El Financiero o de Capital Financiero. |