| Archivo | Indicadores | Lun 27 mar, 2006 - Dom 2 abr, 2006 | Escríbanos |
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La Sala Constitucional anuló una medida legislativa que, a pesar de su rancio abolengo -se origina en la normativa española de 1956-, siempre fue inconstitucional: el agotamiento de la vía administrativa. La Administración Tributaria emitió una directriz bien conocida en la cual dispone que las transacciones entre partes relacionadas deben darse en los mismos términos que si hubieran sido entre partes independientes. Sin embargo, existe una resolución del Tribunal Contencioso Administrativo de julio de 2005 en el que considera que en el marco de una reorganización corporativa es posible trasladar activos (inventarios) de una empresa a otra y con una ganancia simbólica. |
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