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Dudas sobre el Cafta

¿El Cafta debe tener como objetivo central estimular el comercio o proteger el ambiente?

Cafta es confuso para distinguir objetivos comerciales y ambientales

El informe de la Comisión de notables entregado el año pasado advirtió que existen discrepancias respecto del objetivo central del tratado, es decir, si se debe estimular el comercio o proteger el ambiente.

Los notables pusieron como ejemplo el alcance que tiene el capítulo ambiental en comparación con el de los derechos de propiedad intelectual.

Mientras este último obliga al país a respetar los acuerdos existentes amparados en la Organización Mundial del Comercio e incluso a suscribir nuevos como el convenio UPOV, el capítulo ambiental deja fuera tratos ambientalistas tan importantes como el de Biodiversidad y el de Cambio Climático.

Los notables señalaron que, por una parte, se piensa que el Cafta debe proteger el ambiente sin obstaculizar el comercio y, por otra, que la finalidad es estimular el comercio minimizando los impactos ambientales.

A juicio de la Comisión, esta distinción se debilita porque el Cafta es un tratado que va más allá de lo comercial.

Cafta exige aplicar leyes ambientales para promover el comercio

El Ministerio de Comercio Exterior (Comex) afirmó que el Cafta es un tratado comercial cuyo objetivo es promover la liberalización del comercio y no un acuerdo ambiental.

Alejandra Aguilar, asesora ambiental de Comex, precisó que, sin embargo, el Cafta obliga a las partes a no dejar de aplicar sus marcos legales ambientales para promover el comercio.

"Costa Rica, así como el resto de naciones mantiene el derecho de establecer regulaciones ambientales y firmar los acuerdos que estén acordes con su política ambiental", detalló .

Aguilar agregó que en este sentido, corresponde a cada país determinar la protección que desea otorgar al medio ambiente y la biodiversidad, sin que ello implique ninguna contradicción con las disposiciones del tratado.

La funcionaria dijo que efectivamente en propiedad intelectual se hace referencia a una serie de tratados internacionales, sin que ello signifique vulnerar la legislación ambiental vigente.


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