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Banca | Cada entidad perderá cuatro directivos el 31 de mayo próximo

Directivas de bancos estatales quedarán diezmadas


Édgar Delgado Montoya

Nuevo Gobierno apurará nombramientos

Es muy probable que a partir del próximo 31 de mayo las juntas directivas de los tres bancos estatales no puedan sesionar, dado que a 12 de sus miembros (cuatro por banco) se les vence su nombramiento ese día.

Eso significa que las directivas no podrán darle seguimiento o aprobar modificaciones en los planes estratégicos de las entidades, así como tampoco podrán dar su visto bueno a resoluciones administrativas o de crédito.

No obstante, el nuevo Gobierno está al tanto de la situación y espera tener nombrados a los sustitutos antes de esta fecha, confirmó el ministro de la Presidencia sin cartera, Marco Vargas.

Incluso, representantes de los tres bancos se mostraron confiados de que el Gobierno nombrará a los nuevos directivos cuanto antes y que, si no lo logra, los bancos no serían afectados.

No obstante, es claro que el Gobierno no tiene una tarea fácil, pues debe buscar (por ley) personas con conocimiento en economía, en temas financieros, bancarios y de administración (véase recuadro: "Los requisitos") y, además, la Ley de Enriquecimiento Ilícito les impone nuevas restricciones y los obliga a declarar todos los bienes.

Precisamente, por lo estricto de esa ley, algunos directivos renunciaron en el pasado, como Rodolfo Brenes en el Banco Nacional y Mariano Guardia en el Banco de Costa Rica (BCR).

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Víctor Herrera confía en que el nuevo Gobierno nombrará personas capaces en las directivas.

Foto Gloria Calderón / Para El Financiero / Archvio

Las juntas directivas de los bancos estatales están conformadas por siete miembros, los cuales son nombrados por el Poder Ejecutivo por ocho años.

Los que se van

En el Banco Nacional terminarán su periodo Gerardo Araya Paniagua, Oscar Avila Solé, Carlos Sáenz Pacheco y Eduardo Ulloa Clare.

Del Banco de Costa Rica salen Alvaro Rodríguez Gutiérrez, Joaquín Bolaños Alpízar, John Otto Khnor y Humberto Di Palma.

Finalmente, en el Banco Crédito Agrícola de Cartago (Bancrédito) se van Rafael Solano Solano, José Rafael Gómez Laurito, Anabelle Chaves Soto e Iván Mata Núñez.

Marco Vargas señaló que el Gobierno aún no maneja nombres de posibles sustitutos. "Trataremos de nombrar personas con conocimiento en la materia, con base en el principio de la meritocracia que ha pregonado este gobierno y lograr la mejor conformación en las juntas directivas", dijo el Ministro.

Consultado sobre la dificultad que puede imponer la Ley de Enriquecimiento Ilícito señaló: "Es posible que eso genere cierta resistencia". Aun así, espera que eso no los retrase en los nombramientos.

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Guillermo Quesada no prevé mayor trastorno si los nuevos directivos no son nombrados a tiempo.
Foto Frank Guevara / Para El Financiero / Archivo

Por su parte, los banqueros no prevén mayor trastorno si los nombramientos no se hacen a tiempo.

Guillermo Quesada, gerente de Bancrédito, comentó que el Banco ya tiene un plan estratégico aprobado, que incluye planes comerciales, operativos y metas en marcha, por lo que su funcionamiento no se verá afectado.

"En el día a día no hay decisiones de trascendencia que tomar (en el seno de la junta directiva) que puedan poner en jaque a la institución", puntualizó Eduardo Salgado, presidente del Banco Nacional.

Igualmente, su similar en el BCR, Víctor Emilio Herrera, señaló que por lo general la directiva solo es informada de las decisiones del comité de crédito y el comité ejecutivo del banco, por lo que no prevé mayor complicación.

Los requisitos

Para ser miembro de la junta directiva de un banco estatal, la persona debe cumplir los siguientes requisitos:

Ser costarricense.

Ser mayor de 25 años.

Conocimientos en materia económica, financiera, bancaria y de administración, así como en asuntos relativos al desarrollo económico y social del país.

Tener un grado mínimo de licenciatura. Al menos uno de los directivos tiene que ser licenciado en economía y otro en derecho.

No podrán ser nombrados: Las personas que un año antes de su nombramiento fueran demandas por algún banco del país por créditos no pagados o que hayan sido declarados en quiebra. Tampoco los parientes de otros directivos.



Fuente: Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional.


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