Disminuir tamaño letra Aumentar tamaño letra Ir al Index  

Suscríbase al boletín Suscríbase aquí al boletín electrónico

Negocios # 628

Juicio Lantech-Canon deberá litigarse en Estados Unidos

Nacionales apelan decisión del juez

El Financiero
Miami. Canon es una compañía japonesa pero su división latinoamericana tiene sede en Miami.

jupiter images /PARA EF

Silvia Castillo Nieto

El juez Stephen Brown, del juzgado del distrito sur de la Florida, Estados Unidos (EE. UU.), resolvió el pasado 18 de julio que la demanda de la empresa costarricense Lantech contra la compañía Canon Latin America, deberá litigarse en una corte de esa nación norteamericana.

Brown justificó su decisión en que Lantech firmó el contrato de distribución de productos con Canon y aceptó la claúsula donde se establecía que en caso de algún discrepancia legal, esta sería resuelta en los tribunales del estado de Florida.

Para el abogado de Canon en el país, Tomás Nassar, la decisión del juez estadounidense tendrá implicaciones locales. “Las compañías extranjeras en Costa Rica podrán exigir que –ante una demanda– se someta el asunto a la ley de otros países”, destacó.

Canon es una compañía japonesa fabricante de impresoras y cámaras fotográficas, pero su división latinoamericana tiene sede en Miami.

Lantech, por su parte, era distribuidora de Canon en Costa Rica desde 1996.

Entre el 2003 y el 2004, la empresa nacional le quedó debiendo a Canon $247.000. La relación comercial finalizó en marzo del 2004, cuando la compañía designó a SB Technology como distribuidor, decisión que llevó a Lantech a presentar un reclamo por $6,3 millones bajo el amparo de la Ley de protección al representante de casas extranjeras No. 6209.

Esta legislación permite a los importadores y representantes pedir indemnizaciones ante rompimientos de contratos con sus proveedores.

Sin embargo, la firma extranjera aduce que en el contrato firmado solo se habla de distribución de productos pero nunca de exclusividad, como alega Lantech.

Debido a la demanda en diciembre del 2004, se le ordenó a Canon depositar $1 millón para poder seguir importando productos al país.

Solicitud llega a Florida

Canon presentó, entonces, una solicitud ante un juez de Florida, pidiendo que se ordenará a la empresa costarricense a desistir de la acción en Costa Rica.

La solicitud fue acogida temporalmente pero Lantech apeló la decisión.

Sin embargo, en el ínterin, el juez de Miami dictó su resolución final y dijo que los nacionales estaban imposibilitados a actuar en Costa Rica en contra de Canon, inclusive en el proceso que ya había sido iniciado y litigado por las partes.

Con esa orden, detalló Robert van der Putten, abogado de Lantech, se les impide continuar con el reclamo pues podrían ser condenados a la cárcel.

Explicó que están en proceso de presentar otra apelación. “Buscamos una medida de protección ante las cortes de EE. UU. para rescatar los derechos otorgados por la ley nacional y no ser víctima de un perjuicio de varios millones de dólares causados por la mala fe con que Canon actúa al violar la ley 6209 e irrespetar las órdenes de un juez costarricense”, dijo van der Putten.

Lantech, agregó, respeta la resolución y soberanía del juez estadounidense aunque no la comparte y tampoco la entiende.

El abogado dijo que no podía comentar más sobre el caso debido a una orden judicial que existe en EE. UU.

Jurisprudencia

La Ley de protección al representante de casas extranjeras, aprobada en noviembre de 1970 y reformada en marzo de 1978 y junio de 1979, es una de las legislaciones que más recursos de inconstitucionalidad ha enfrentado.

En su mayoría se rechazaron pero en abril y noviembre del 2000 (la primera una resolución y la segunda una adición y aclaración) la Sala IV declaró inconstitucional el artículo 7 que dicta que la jurisdicción de los tribunales costarricenses y los derechos del representante, distribuidor o fabricante, serán irrenunciables.

Los magistrados luego aclararon que era inconstitucional oponerse “a la aplicación de una cláusula compromisoria que abre la vía del arbitraje sea nacional o internacional”.

Luego de esa decisión, en el 2002 los tribunales fallaron a favor de la compañía alemana BMW, la cual había sido demandada por Motos Breyman por quitarles la distribución exclusiva. En el contrato firmado por los nacionales, se dictaba que cualquier conflicto que se presentara entre las partes, debía ser resuelto en Alemania. Los ticos descartaron esa posibilidad por los gastos que implicaba.

En setiembre del 2004 también se aplicó esa sentencia de la Sala IV en el caso de la Corporación Cefa, la cual había demandado en el 2001 a la compañía Mexicana Sancela S.A. de C. V. por quitarle la representación exclusiva de las toallas sanitarias marca Saba.

De nuevo el contrato firmado entre las partes en 1998 contenía una cláusula donde se señalaba que en caso de controversia legal, esta se sometería a un panel arbitral.

Un final infeliz

1996: Canon Latin America firmó contrato de distribución de productos con Lantech S.A.

2003 y 2004: Lantech le debe a Canon $247.000. En marzo del 2004 la compañía contrata un nuevo distribuidor, SB Technology y notifica su decisión a Lantech.

Noviembre 11, 2004: Lantech demanda en Costa Rica a Canon y pide una indemnización de $6.303.366.

Diciembre 2004: Un juez le exige a Canon el depósito de $1 millón para que pueda continuar importando producto al país.

Febrero 2005: Canon Latin America demanda a Lantech ante la Corte del distrito de Miami con el fin de bloquear el litigio en Costa Rica.

18 de julio 2007: Juez de Florida dicta su resolución final a favor de Canon.

Fuente: Sentencia Corte de Florida.

Imprimir Enviar

... ver más
El Financiero
“En el contrato Lantech reconoce que no son distribuidores exclusivos de Canon en Costa Rica”. Tomás Nassar. Abogado de Canon Latin America
El Financiero
“Lantech respeta la resolución y soberanía del juez de EE. UU. , aunque no la comparte ni la entiende”. Robert van der Putten . Abogado de Lantech
Izquierda 2 foto(s) Derecha
El Financiero El Financiero
En Portada

Carlos Slim: el segundo empresario más rico del mundo

Conocido como el rey de las telecomunicaciones, el mexicano Carlos Slim Helú, de 67 años, es dueño del mayor imperio económico de México y segundo hombre más rico del mundo, según la revistaForbes .

Más Información

El Financiero
Finanzas

Financieras, el nuevo blanco

La fuerte competencia entre los bancos los ha obligado a saltarse la cerca y fijar la vista en un nuevo blanco: las financieras.

Más Información

El Financiero


Especiales

Especial:

Especial: Responsabilidad social empresarial

Especial: Golf, los mejores exponentes del país

¿Quiénes Somos? | Media Kit | Suscripciones | Contacto

© 2007 El Financiero y Capital Financiero. El contenido de El Financiero y de Capital Financiero no puede
ser reproducido, transmitido ni distribuido total o parcialmente sin la
autorización previa y por escrito de El Financiero o de Capital Financiero.