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Economía y Política # 647

Que elknow how no se vaya con sus empleados

Empresas pueden recurrir a cláusula de no competencia solo si indemnizan

El Financiero
Los trabajadores que manejan información confidencial estarán sujetos a esta disposición, pero podrán reclamar el pago por su silencio.

Archivo gn /Para EF

Alejandro Fernández Sanabria

*Colaborador

En un intento por protegerse de la competencia, Laboratorios Griffith protagonizó en 1996 una historia judicial que empieza con una buena idea, siguió su mala aplicación y luego el triste final de ser condenada al pago de $130.000.

La empresa estableció una cláusula para prohibir que los exempleados le hicieran competencia directa, pero el problema llegó cuando uno de ellos la impugnó ante los juzgados.

La Sala Segunda cerró el relato con una moraleja que cinco años después sigue vigente: es válido prohibir a un empleado que dejó la empresa y tuvo contacto con información confidencial trabajar con los competidores o iniciar un negocio con el mismo giro comercial.

Pero aclaró: este impedimento solo puede tolerarse si se pacta por un plazo razonable y si al mismo tiempo se satisface al trabajador con una compensación económica, dictó la sentencia 2003-00089.

La Sala agregó que esa cláusula puede ir en contra de la libertad del trabajo, lo cual justifica la indemnización.

Buena idea que terminó mal

La idea de Laboratorios Griffith pretendía evitar que la competencia se “robara” a sus empleados con todo el conocimiento sobre el negocio.

Esta cláusula compromete al empleado cuyas labores dentro de la empresa consiste en conocer los secretos comerciales o industriales (listas de clientes, planos industriales, know how , etc.) a abstenerse por dos años a crear un negocio similar o trabajar en otra compañía que implique una competencia directa.

El problema es que la cláusula no contempla indemnización para el empleado afectado.

Un contador y auditor que dejó de brindar sus servicios en esa empresa la demandó y la Sala Segunda aclaró las reglas del juego.

La Sala consideró válida la prohibición porque protege los intereses empresariales y evita la competencia desleal, pero catalogó como una “imposición” omitir una indemnización al empleado por el plazo en que no podrá trabajar.

En algunos casos esta cláusula obliga a los trabajadores a ser desempleados durante ese tiempo, pues les impide desempeñarse en el campo para el cual se capacitaron.

Los jueces obligaron a que Laboratorios Griffith pagara al empleado $97.623 por el tiempo en que se le impidió laborar y $32.565 por daño moral.

Tres consejos

Dos especialistas consultados por EF retoman tres lecciones de este caso, tanto para empresas como para trabajadores.

Que la cláusula de no competencia debe aplicar a empleados que estén en contacto con información que comprometa los intereses empresariales y centrarse en actividades que impliquen competencia para la empresa, aseguró Gisella Valverde, especialista en derecho laboral, del bufete Nassar Abogados.

¿Cuánto tiempo implicaría un plazo “razonable” para la prohibición?

La Sala Segunda avaló dos años, pero el especialista en derecho empresarial, Jaime Barrantes, advierte que depende de la relevancia de la información que conozca el empleado.

Sobre la indemnización, el abogado no tiene una fórmula pero sí un consejo.

“La clave está en sopesar el valor de la información que contienen los secretos empresariales con la posibilidad de que lo conozca la competencia”, dijo Barrantes.

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