| Archivo | Indicadores | Lun 19 feb, 2007 - Dom 25 feb, 2007 | Escríbanos |
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Existe un límite en el cobro de intereses sobre obligaciones tributarias. Aunque un litigio tributario administrativo pueda durar de tres a seis años, la Administración Tributaria solo puede cobrar al contribuyente nueve meses de intereses. La definición de establecimiento permanente está circunscrita en la Ley del Impuesto sobre la Renta a la existencia de una oficina, una fábrica, un edificio, un bien raíz, un local fijo de negocios, aparejado siempre al desarrollo de una actividad lucrativa dentro del territorio nacional. |
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