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Opinión

Banco Nacional rompe paradigmas con Mipyme

El Financiero

Bernardo Alfaro Araya

Subgerente de Riesgos, Banco Nacional

Si bien la Ley Orgánica del Banco Central faculta a la Sugef para aplicar diferencias en la supervisión que ejerce sobre los distintos intermediarios, en la práctica efectuar tales distinciones puede llegar a ser un asunto muy complejo.

En efecto, las cooperativas de Ahorro y Crédito poseen particularidades en su fisonomía legal y financiera que las hace distintas de los bancos comerciales, de las mutuales del sistema de la vivienda, y de las entidades financieras no bancarias.

Igualmente, cabe distinguir entre bancos estatales y privados, entre los que se dedican a banca de personas y los que se orientan más a banca corporativa. Esas entidades podrían justificar que son distintas a las demás, y por ende solicitar parámetros e indicadores ajustados a sus características.

Sin embargo, en el caso de la supervisión bancaria, lo que debe prevalecer es el ánimo de mantener un sistema estable, tomando en cuenta la estabilidad individual de las entidades.

En Costa Rica se ha trabajado con mínimos o máximos recomendables, que hacen innecesaria una diferenciación entre supervisados.

Pero, ¿qué puede decirse de las normas y leyes relacionadas con financiar a la micro, pequeña y mediana empresa (Mipyme)?.

Estas carecen de garantías reales para soportar los créditos y de estados financieros formales y confiables para sustentar un análisis crediticio riguroso.

La Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional, Artículo 66, establece que los bancos comerciales deben asegurar los préstamos con garantías satisfactorias. Las interpretaciones sobre esto han sido abundantes, y en ocasiones, restrictivas.

Lo cierto es que con las Mipyme, las entidades bancarias deben aplicar instrumentos que muchas deben construirse.

En efecto, un flujo de caja elaborado por un ejecutivo experimentado puede ser más valioso que una garantía real, pues mostraría la capacidad de generación de efectivo de un taller y por tanto, la posibilidad de atender deudas.

Así, el financiamiento de las Mipyme pasa muchas veces por romper paradigmas. Ya la Norma 1-95 de Sugef permitía clasificar los créditos de monto relativamente bajo, como los de estas organizaciones, en función de la morosidad, relegando las garantías a segundo plano.

Por lo tanto, obviando el tema de las garantías reales, y confiando en que los niveles de morosidad de las Mipyme serían manejables, el Banco Nacional apostó por ellas desde el año 2000, con su producto BN Desarrollo, que atiende micro, pequeñas y medianas empresas, pequeños productores agropecuarios, y desde banca de segundo piso, a cooperativas de ahorro y crédito.

El crecimiento de BN Desarrollo, que ha sido exponencial y que supera los ¢250.000 millones en julio del 2007, demuestra que la apuesta fue correcta.

La calidad de su cartera es muestra clara: mora legal de 2,5% a esa misma fecha, y mora mayor a 90 días inferior al 1%.

Incluso, aplicando el modelo estadístico matemático Merton Multivariable para determinar la Probabilidad de Impago, la Pérdida Esperada y el Valor en Riesgo de esta cartera, estas medidas son menores que para otros segmentos que se financian.

En conclusión, no se ha necesitado un esquema de supervisión diferenciado para implantar y desarrollar BN Desarrollo, que en siete años ya representa un 22% de la cartera total del Banco.

La clasificación, fundamentalmente por mora, y el relegar el tema de las garantías a un segundo plano, permitió romper paradigmas y atender este segmento con entusiasmo y éxito.

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