Economía y Política # 678
Resguarde bien sus secretos
Antes de negociar la venta de su empresa firme un pacto de confidencialidad

Jupiter images /Para EF
“Para vender hay que enseñar”. Esta frase tan popular pareciera ser indiscutible.
Pero, ¿qué pasa si “enseñar” implica darle a los potenciales compradores de su empresa secretos comerciales o industriales? ¿Le mostraría usted a un tercero su cartera de clientes y estados financieros?
Es muy riesgoso, sin embargo, no hay salida. Para tomar la decisión de comprar o fusionar una empresa, el vendedor tiene que abrirla y mostrarla a los interesados.
Esto lleva a compartir información valiosa y secreta que si llega a las manos incorrectas, como los competidores, se puede usar en contra suya.
Por esto nacen los pactos de confidencialidad (conocidos en inglés como non disclosure agreements ), que quieren precisamente garantizar que cualquier partícipe de las negociaciones (vendedor, potencial comprador o intermediario), se abstenga de filtrar toda la información secreta que se dé a conocer en el proceso.
Si alguien incumple este pacto, cabe una demanda civil contra el sujeto que filtró información por los daños que le genere a la dueña de los datos.
Además la Ley de observancia de procedimientos de propiedad intelectual sanciona con prisión de uno a tres años a quien, sin autorización y con motivo de su oficio, relación contractual o profesión, divulgue información comercial o industrial secreta que perjudique a su dueño.
Por eso, los abogados consultados por EF aconsejan que antes de dar cualquier tipo de información sobre su empresa, se firme un pacto de confidencialidad con quien mediará o asesorará en la venta y, por supuesto, con cada uno de los posibles compradores.
“No hay que dejar ningún espacio abierto que permita una fuga en la negociación”, advierte Pablo Duncan, abogado corporativo.
Precavidos
José Ulate, gerente del fondo de capital privado Emerge, gestionado por la empresa Aureos, dedicada a conseguir capitales de crecimiento empresarial, cuenta que su equipo firma un contrato estándar de confidencialidad con cada empresa que solicita sus servicios y les dará sus datos para iniciar las labores.
En este contrato se acuerda que ningún tipo de información compartida en el proceso de negociación, sin importar que culmine con una venta o se trunque, pasará a personas ajenas.
Además, cuenta Ulate, este pacto lo firman con cada persona que muestre interés en invertir, antes de sentarse a negociar.
Incumplirlo trae responsabilidad civil para la parte que no lo respetó y hace daño al dueño del secreto.
Es más grave aún si esta información tiene valor comercial, es resguardada por su titular en algún soporte material o virtual y es verdaderamente secreta.
De ser así, se configura, además, un delito, informó Giselle Reuben, abogada especialista en propiedad intelectual.
Reuben da como ejemplo la divulgación de invenciones patentables, dibujos técnicos, planes de negocios, información administrativa y financiera.
Errores frecuentes
El abogado Pablo Duncan considera que en el resguardo de información en las negociaciones usualmente se cometen varios errores.
Uno de ellos es la firma de un pacto entre las empresas pero sin especificar cuál es el círculo de personas de confianza que debe manejar los datos, y que además está sometido a lo acordado en el contrato.
Otra omisión es no definir claramente cuál información a tratar tiene valor comercial y, por tanto, su divulgación afecta los intereses de su dueño.
