¿Competencia regulada o maniatada?
Plan para reformar ley lanza otra señal contradictoria al sector productivo
Edición 694En un caldero hirviente se ha convertido la discusión de las reformas a la actual ley de competencia, texto catalogado como abusivo por el sector productivo nacional.
El proyecto de ley fue presentado por el diputado Jorge Eduardo Sánchez y discutido en el seno de la comisión de asuntos económicos, en medio de un ambiente positivo por parte de los legisladores, quienes le dieron dictamen afirmativo el pasado 22 de octubre y aún no tiene lugar asignado en la agenda del plenario legislativo.
Ni los ajustes realizados al texto original, e incluso al dictaminado, han mermado el temor del sector productivo que sigue considerándolo dañino por la excesiva intromisión que tendría el Estado en actividades privadas.
EF consultó a jerarcas de cámaras empresariales, gerentes de supermercados y a legisladores.
Cuestionan por ejemplo, los criterios de referencia con que la Comisión para Promover la Competencia (CPC) aprobaría o rechazaría una fusión entre empresas, de secuestrar documentos de aquellas compañías que son sujeto de investigación y de catalogar como prácticas monopólica a una empresa que imponga su marca al proveedor.
“Estamos marcando bien el campo de juego para que el partido se desarrolle limpiamente”, dijo Juan Carlos Chavarría, asesor del diputado Sánchez.
Este es uno de los proyectos legislativos que han generado choques entre el Gobierno y el sector privado, que en el fondo evidencian problemas de negociación en el país.
Discrepancias firmes
Los argumentos de defensa de los diputados no terminan de convencer a los empresarios.
Reclaman la facultad que tendría la CPC para aprobar o improbar una fusión entre empresas basado principalmente en el criterio del tamaño.
Con la reforma, también se permitiría a pequeñas compañías aliarse para enfrentar a grandes empresas y así equilibrar el mercado o robustecer la capacidad de negociación de los proveedores de menor tamaño como las pequeñas y medianas empresas (PYME).
Esto último es considerado absurdo por el sector privado porque en ningún país del mundo se permiten los carteles o el acuerdo entre competidores sean estos del tamaño que sean.
Sin embargo, el legislador Sánchez insiste en que la iniciativa es clara en que las concentraciones serán excepcionales; solo para contrarrestar el efecto monopólico de las empresas.
La CPC ha investigado varios casos sobre la relación entre proveedores y grandes empresas. Uno de ellos fue resuelto en el 2005, en contra de la Corporación de Supermercados Unidos (hoy Wal-Mart) por competencia desleal. La firma fue sancionada por ¢205 millones, pero apeló y el fallo definitivo está pendiente.
Guillermo Aguilar, gerente del Grupo Empresarial de Supermercados (Gessa), admitió la existencia de diferencias entre proveedores y cadenas de supermercados donde han mediado decisiones incorrectas.
Para disminuir el conflicto, la semana pasada, las cadenas Automercado, Perimercados y Wal-Mart junto con la Cámara de Industria Alimentaria (Cacia) firmaron un acuerdo de buenas prácticas comerciales para fomentar la competitividad y el equilibro entre las partes.
50%
Ninguna empresa que surja de una fusión podrá tener un porcentaje mayor que este de participación en el mercado.
Aguilar considera que, como algunas regulaciones ya fueron incluidas en el acuerdo con Cacia, es innecesario incluirlas en el proyecto de ley.
Representantes de Wal-Mart están de acuerdo con las reformas, pero encuentran fallas en materia de técnica legislativa, lo que en su criterio, provoca inseguridad jurídica en competencia y entorpece el intercambio comercial.
Para Yolanda Fernández, gerenta de Asuntos Corporativos de Wal-Mart Costa Rica, hay lagunas respecto a definiciones que están siendo dejadas al criterio de la CPC, como es participación de mercado y efecto competitivo.
Fuera cláusulas conflictivas
Victoria Velázquez, directora de la Comisión para Promover la Competencia, reconoce que algunos incisos del proyecto bien podrían eliminarse sin que las funciones reguladoras de la comisión sean perjudicadas.
Mencionó, por ejemplo, el cambio al artículo 12, de considerar práctica monopólica absoluta cuando una empresa impone a su proveedor que le venda productos pero con su propia marca.
“Dijimos a los diputados que no es necesario que exista ese inciso y así consta en las actas”, comentó Velázquez.
También cree que el parámetro de 40% para definir poder sustancial del mercado, aquel que es capaz de afectar a los competidores, podía prestarse para confusiones (este punto fue eliminado en el dictamen final).
Sería mejor, añadió, dejar como referencia el monto de los activos de la empresa, cuya base sería 15.000 salarios mínimos, un recurso usado en el mundo.
La diputada liberacionista, Mayi Antillón, miembro también de la comisión de asuntos económicas, insiste en que los legisladores procuraron compatibilizar el texto con sugerencias de la CPC para lograr criterios más certeros e incluir prácticas comunes pero que no estaban tipificadas.
La legisladora discrepa sobre la posición de los empresarios. “Estoy en el sector privado, vengo de una cámara (la de Industrias) y no veo este proyecto como una amenaza”, reclamó.
Óscar Rojas, asesor económico de la Cámara de Comercio, dijo que las regulaciones incorporadas podrían desintegrar los encadenamientos productivos entre empresas grandes y pequeñas, lo cual implicaría mayores costos de producción y precios más altos para el consumidor.
El permitir a la CPC tener poderes supremos por encima de la Constitución, redundaría, aseguró Rojas, en una restricción directa de la operación de las empresas y en una intromisión excesiva del Estado en el mercado, controlando el tamaño y las acciones de las empresas.
El sector industrial es uno de los que más se ha enfrentado con la comisión legislativa, haciéndole ver su desacuerdo con buena parte de las reformas planteadas.
El empresario Juan María González, presidente de la Cámara de Industrias, asegura que la Asamblea desvió el propósito original e incursionó en áreas de competencia con torpeza.
Para él, determinar si una empresa tiene poder sustancial partiendo del parámetro de un porcentaje, ignora que un mercado puede subdividirse en submercados una y otra vez, lo que podría implicar que algunas compañías tengan más de ese porcentaje aún siendo pequeñas o medianas empresas.
“Las restricciones al crecimiento de las PYME por la vía de la fusión, por ejemplo, serían una aberración”, dijo González.
Los empresarios aseguran que con algunas reformas a la ley de competencia se sentirían maniatados.
¿Y el consumidor?
El texto dictaminado , expediente número 16.434, se concentra solo en el tema de competencia,Este aspecto ha sido motivo de reclamo por parte de los empresarios. Ambos preceptos son por naturaleza indisolubles, dijo Martha Castillo, directiva de la Cámara de Industrias. EF supo que el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) prepara un documento con reformas integrales a la Ley 7472 (Promoción de la competencia y defensa efectiva del consumidor), el cual sería presentado al Congreso en sesiones extraordinarias (diciembre).
Concentraciones en preaviso
Aquellas empresas que deseen fusionarse, deberán pasar por el tamiz de la CPC, que decidirá si la unión es válida, según parámetros establecidos en cuanto a medición de poder sustancial en el mercado relevante. La unión, por ejemplo, no podrá implicar que el nuevo agente creado tenga más del 50% de participación. Los empresarios discrepan parcialmente, en cuanto a la participación de mercado como parámetro. Creen que es muy subjetivo.
Acuerdos cuestionados
Se reforma el inciso a) del artículo 11 para permitir a pequeñas empresas fijar, concertar o manipular precios solo cuando sea la única forma de contrarrestar el poder de negociación de la contraparte dominante en el mercado. Para los opositores, en ningún país del mundo se permiten los cárteles pues perjudican al consumidor. No importa el tamaño, todos son ilegales.
El Estado también será regulado
Una vieja queja del empresariado (desde 1994 cuando se promulgó la ley vigente) es que la regulación por parte de la CPC sobre los monopolios estatales quedaba fuera. La reforma originalmente mantenía al Estado excluido pero en el texto dictaminado por la comisión parlamentaria esta excepción fue eliminada por completo.
Requisa en pugna
Un fuerte reclamo radica en el poder que tendría la CPC para que, con orden de un juez contencioso administrativo, envíe a sus funcionarios a visitar e inspeccionar las oficinas y los establecimientos industriales y comerciales de los agentes económicos; reproducir libros de contabilidad, contratos, correspondencia, correos electrónicos y otros documentos indispensables como parte del proceso de investigación que estaría realizando la CPC.
Cuestión de marcas
Los empresarios alegan que imponer una marca no puede considerarse práctica monopolística absoluta porque va en contra de los derechos de propiedad intelectual. Los diputados creen que es una forma de impedir que una empresa grande imponga a su proveedor la condición de comprarle solo si lo hace con la marca de ella y no con la del proveedor.






