El Poder Ejecutivo obligó a 321 instituciones públicas a invertir sus recursos en los bancos del Estado y a tasas de interés establecidas por el Banco Central de Costa Rica (BCCR).
El pasado 3 de diciembre, el Ministerio de Hacienda publicó en el diario oficial La Gaceta la directriz 18-H, en la que se establece que las instituciones públicas solo podrán efectuar depósitos e inversiones financieras en la Tesorería Nacional y en los bancos públicos a tasas de interés según la metodología aprobada por la junta directiva del BCCR dada a conocer el 1 de agosto del 2014.
" A partir de la entrada en vigencia de esta Directriz, los bancos públicos, Banco Nacional de Costa Rica, Banco de Costa Rica y Banco Crédito Agrícola de Cartago y Banco Popular y de Desarrollo Comunal, adoptarán una política permanente y sostenible de captación e inversión financiera de recursos de transacciones provenientes de las entidades públicas que formen parte de la Administración Central, constituida por el Poder Ejecutivo y sus dependencias, el Poder Legislativo, Poder Judicial, Tribunal Supremo de Elecciones, sus dependencias y órganos auxiliares respectivos", indica el artículo 1 de la publicación.
Además, se modificó lo establecido en una anterior directriz en la que se establecía que las entidades que pueden hacer inversiones en instituciones financieras, pueden efectuar un máximo de 10% de cartera en instituciones privadas, dado que anteriormente era un 15%.
Entre las entidades sujetas a esta nueva disposición están todos los bancos, el Instituto Nacional de Seguros, la Refinadora Costarricense de Petróleo, la Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional, el Fondo de Capitalización Colectiva del Magisterio Nacional, el Fondo de Pensiones del Poder Judicial, la Fábrica Nacional de Licores y las municipalidades, entre otras.
Entre los motivos considerados para esta directriz y dados a conocer en la publicación, se menciona que, en diferentes momentos, se han observado en el mercado financiero local aumentos en tasas de interés sobre los depósitos negociados entre bancos públicos y las entidades estatales, lo cual es inconveniente para la economía y el interés público, porque influye en la estructura general de los rendimientos y los eleva por encima de los niveles que dictan la oferta y la demanda de los fondos.
"Esas mayores tasas de interés representan una distorsión que pesa sobre el funcionamiento de la economía y la calidad de vida del costarricense, debido a que son producto del poder de negociación de los ahorrantes institucionales respecto a los bancos que las pagan", dice el documento.
En el gobierno anterior, se había emitido una orden con un objetivo similar para evitar que los bancos públicos compitieran por captar las inversiones de entidades de gobierno y elevaran las tasas de interés en el mercado. En ese entonces, la Tasa Básica Pasiva llegó a un máximo de 12% (octubre del 2012); hoy se ubica en un 7,25%.