El próximo martes 15 de enero y jueves 31 de enero vence el plazo para que tanto las casas de lujo como las sociedades, respectivamente,se pongan al día con el pago del tributo sin correr con las sanciones de morosidad correspondientes.
En el caso de la recaudación del Impuesto Solidario o tributo a "casas de lujo" es obligatorio para aquellos que posean un bien de uso habitacional cuyo valor fiscal al 1° de enero del 2013 supere los ¢117.000.000. De ese monto hasta ¢291 millones se cancela el 0,25% del valor total de la propiedad.
Según datos de la Dirección General de Tributación, para este año se espera un volumen de declarantes de entre 3.000 y 4.000 contribuyentes.
La única forma de inscribirse y pagar el impuesto es mediante el Formulario D-179 "Formulario Único de Inscripción, Declaración y Pago Impuesto Solidario para el Fortalecimiento de Programas de Vivienda, Ley 8683".
Este formulario está disponible en formato electrónico en el sitio de Tributación Directa y puede ser presentado y pagado en forma electrónica, o se puede imprimir para ser presentado y cancelado en las entidades recaudadoras autorizadas.
Quien tenga la obligación de pagar el impuesto y no lo haga, se expone a una sanción de medio salario base de un Auxiliar Administrativo 1 del Poder Judicial que para el presente año ronda los ¢189.700.
Sociedades en regla
Las sociedades activas deberán pagar un monto de ¢189.700 colones por concepto de impuesto a sociedades y las inactivas pagarán la cantidad de ¢94.850 para este 2013.
El blog especializado en ordenamiento jurídico costarricense, punto jurídico, informó que será entonces a partir del 1 de febrero que las sociedades que no hayan realizado el pago del impuesto se vean imposibilitadas de inscribir documentos y obtener certificaciones digitales según lo dispone el artículo 5 de la norma.
De acuerdo con el texto de la ley, una sociedad que no pague dicho impuesto por tres periodos consecutivos se expone a la disolución de su sociedad.
Por su parte, el Registro Nacional se encuentra en la potestad de no emitir certificaciones de personería jurídica ni inscribir ningún documento a favor de las sociedades que no se encuentren al día en el pago.
La Ley de Impuesto a Sociedades Jurídicas entró en vigencia desde el pasado 1° de abril y grava con un 50% del salario base de un Auxiliar Administrativo 1, monto establecido en ¢379.400 para el presente año, a las sociedades mercantiles, las representantes de personas jurídicas extranjeras y las empresas individuales de responsabilidad limitada, activas ante Tributación Directa.
En tanto, las sociedades inscritas pero inactivas deberán un 25% de ese mismo salario base por año.
El Banco de Costa Rica seguirá fungiendo como único ente recaudador de este impuesto,siendo posible pagarlo en todas sus oficinas o por medio de su página web.