A partir del próximo año, las compañías aseguradoras tendrán nuevos rangos de calificación sobre su fortaleza financiera.
Se trata del Índice de Solvencia de Capital (ISC) que, por una modificación reglamentaria, tendrá categorías y acciones preventivas para las firmas que estén cerca de incumplir el indicador.
El mínimo de esta nota para cada entidad debe ser igual o superior a 1, que es cuando se considera que todos los recursos cubren pérdidas no esperadas.
Aunque por ahora la Superintendencia General de Seguros (Sugese) se manejaba por algunos rangos, la normativa solo indica una señal de alerta cuando las empresas entran en incumplimiento, es decir, en el valor menor a 1.
Con el cambio al Reglamento sobre la solvencia de las entidades de seguros y reaseguros, se establecerán cuatro categorías en las que, dependiendo del grado del índice, así serán las exigencias que tendrá el regulador sobre las empresas. .
Según el superintendente de Seguros, Tomás Soley, el cambio está en línea con el esquema de supervisión basada en riesgos, un modelo de control que atiende aspectos cuantitativos y cualitativos.
Para Soley, el ISC permite prevenir los riesgos esperados y, a la vez, ver la capacidad en las reservas o provisiones técnicas de las empresas para afrontar esas amenazas.
“Si hay una pérdida extraordinaria, saber si la compañía pueda soportar ese evento y, además, liquidar la empresa”, explicó Soley al referirse al ISC.
Otro de los cambios propuestos consiste en que esta calificación se hará pública y de manera trimestral con cierre en marzo, junio, setiembre y diciembre.
Objeción
Sin embargo, la medida ya tiene una objeción.
El presidente del Instituto Nacional de Seguros (INS), Guillermo Constenla, considera que los rangos propuestos generan un conflicto entre las empresas y el regulador.
Para él, la aseguradora siempre solicitará el menor requerimiento de capital posible con el fin de utilizar los recursos para generar más rentabilidad.
“Se debe llegar a un equilibrio que a mi criterio no corresponde a los niveles actualmente planteados, dado que son muy altos y el mercado aún está muy nuevo como para adoptarlos”, dijo.
EF trató de obtener el criterio de cuatro aseguradas privadas, pero no respondieron.
Para los intermediarios de seguros como los agentes corredores, la información que generará el ISC sí reviste importancia al punto de modificar una opinión sobre una compañía, aseguró Antonio Barzuna, de IBG.
Yamilette Eidelman, de Correduría de Seguros Metropolitanos, confirmó que los clientes siempre solicitan información financiera de las empresas y, por lo tanto, el ISC entraría a formar a parte de los criterios de escogencia.
Eidelman y Barzuna coincidieron que una tendencia a la baja en el ISC, tendería a afectar la opinión de las empresas que ellos entreguen a los asegurados, en especial, cuando el mercado debería de ir consolidándose cada vez más.
Medición actual de la solvencia
Clasificación vigente del Índice de Suficiencia de Capital.
ISC | Acciones requeridas |
---|---|
Igual o mayor que 1 | El resultado se considera normal. |
Entre 0,9 y 1 | Primer grado de insuficiencia. Se solicita a la entidad un plan de acciones correctivas. |
Entre 0,8 y 0,9 | El plan de acciones debe someterse a la aprobación de Sugese y esta puede ordenar la remoción de personal. La entidad debe suspender la emisión y renovación de pólizas. |
Menor que 0,8 | Rango severo de insuficiencia. Intervención de la entidad por parte de Sugese. |