L a recaudación efectiva de impuestos resulta fuertemente debilitada por la evasión y la elusión de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes. Por esto, el Ministerio de Hacienda presentó un proyecto de ley con el propósito de enfrentar ambos fenómenos.
La evasión y la elusión de impuestos son dos situaciones diferentes. Evaden los impuestos aquellas personas físicas o jurídicas que incumplen con la obligación legal de pagarlos. En algunos casos la evasión de los impuestos es parcial y en otros casos es total cuando la persona realiza su actividad económica al margen del sistema tributario.
Los impuestos son eludidos cuando los contribuyentes se aprovechan de los “portillos” y las zonas grises existentes en la legislación tributaria para no pagarlos. El proyecto mencionado tiene un conjunto de disposiciones con detalles técnicos para cerrar “portillos” y evitar la elusión.
El proyecto tiene también varias disposiciones para atajar la evasión de impuestos, de las cuales nos interesa comentar las cuatro más importantes.
Primero, se establece que los todas las personas físicas con actividad lucrativa que presten sus servicios al público están obligadas a aceptar como medio de pago las tarjetas de crédito o débito, así como cualquier otro mecanismo electrónico. Esta propuesta ya rige para las empresas organizadas como personas jurídicas; por lo tant, el cambio está dirigido especialmente a profesionales o comerciantes que ofrecen sus servicios como personas físicas.
Esta propuesta es muy importante porque el uso del efectivo es el gran aliado de los evasores, quienes realizan sus operaciones económicas sin dejar rastro. Esta disposición no obliga a los clientes a usar las tarjetas de débito o de crédito en sus pagos, pero sí permite que el consumidor pueda decidir si paga en efectivo o con una tarjeta.
Segundo, el proyecto establece como requisito la presentación de la declaración de renta al solicitar un crédito o un aseguramiento en el sistema financiero. Apoyamos la intención de esta disposición para evitar el doble juego de contabilidades de algunos contribuyentes. Sin embargo, nos parece que en aras de la simplificación de trámites, la Dirección General de Tributación debería establecer un mecanismo simple por medio del cual las entidades financieras puedan realizar la consulta electrónicamente ante las autoridades correspondientes.
Tercero, el proyecto autoriza la creación por parte de la Administración Tributaria de un incentivo temporal para que el contribuyente solicite factura en ciertos sectores de la actividad económica del país con mayor evasión. Este incentivo puede ser hasta de un punto porcentual del impuesto de ventas. Tal disposición es una buena medida, especialmente para detectar a quienes están fuera del sistema tributario, pero posiblemente el monto del incentivo es muy pequeño para lograr el objetivo deseado.
Cuarto, el proyecto facilita a la Autoridad Tributaria la obtención de la información de avalúos y peritajes efectuados por el sistema financiero para permitir una mejor valoración de los activos, lo cual permitirá una mayor recaudación de los impuestos, por ejemplo, el impuesto a las “casas de lujo”.
En conclusión, la propuesta del Ministerio de Hacienda es un paso importante para controlar la evasión y elusión de los impuestos. Sin embargo, como ya los hemos sostenido en otros editoriales, no debemos olvidar que medidas propuestas por sí solas son insuficientes para enfrentar la brecha fiscal.