En relación con la nota publicada por EF el 11 de mayo anterior, titulada “Sala III agudizó su ineficiencia”, y suscrita por el señor Alejandro Fernández Sanabria, la Sala III responde lo siguiente:
Las publicación contiene imprecisiones e interpretaciones erróneas de datos estadísticos oficiales del Poder Judicial sobre el trabajo de la Sala Tercera de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia que tienen como consecuencia señalamientos en el contenido de la información alejados de la realidad.
Al señor Fernández se le remitieron datos oficiales que pueden ser consultados en el Departamento de Planificación, lo que fueron dados a conocer en la rendición de cuentas que realizamos el 17 de abril 2015 a los medios de comunicación nacional y, consecuentemente, a la ciudadanía.
La función de esta Sala de Casación Penal no solo consiste en la resolución de los recursos de casación, sino también de los procedimientos de revisión –entre otros–. Ambos asuntos requieren un estudio profundo del caso y de una resolución debidamente fundamentada por las consecuencias jurídicas que implica resolver un caso penal en última instancia.
En el cuadro “Balance general”, se refleja la cantidad de asuntos ingresados a esta Camara a partir del año 2004 hasta la fecha. Como puede observarse, en los últimos años, la tendencia ha sido que se resuelve más cantidad de expedientes que los que ingresan anualmente, por lo que puede notarse la baja en el circulante al cierre de cada año.
Esto demuestra el esfuerzo de este despacho por atender con celeridad y con el mismo nivel de calidad todos los recursos y gestiones que se nos ponen en conocimiento. Véase que para el año 2004, el circulante activo de esta Sala era de 1.085, diez años después en el 2014 es de tan solo 375 asuntos lo que demuestra una actividad muy positiva de la Sala en procura de la disminución, de manera sustancial, del circulante de causas que se tienen bajo nuestro conocimiento. Lo anterior como se explicará más adelante, ha propiciado una sensible disminución en los tiempos de resolución en los recursos de casación y procedimientos de revisión.
Como su interés se enfoca en los asuntos de casación resueltos por esta sala, le remito los datos de los expedientes con recursos de casación entrados y resueltos a partir del 2011. Observará que los casos resueltos superan la cantidad de los casos entrados, confirmándose que no solo en este tipo de procesos la Sala se ha esmerado por aumentar la capacidad de resolución y con ello disminuir los plazos de respuesta.
El esfuerzo por aumentar la producción manteniendo el mismo nivel de la calidad se ha visto reflejado en los plazos de duración de los expedientes. En el caso de los recursos de casación, la tendencia de los últimos años ha sido la disminución considerable llegando en el 2014 a la reducción más significativa de los últimos 10 años, pues pasamos de un promedio de 6,3 meses en el 2004, a 3,2 meses en el 2014. Igual situación se presenta con los procedimientos de revisión, en los que la capacidad de respuesta es la menor en los últimos diez años, pasando de 11,1 meses en el 2004, 23,3 meses en el 2008 a 9,1 meses para el 2014.
En conclusión, en estos últimos años la Sala Tercera ha elevado su rendimiento sin que la complejidad de los casos haya sido un factor que le impidiera resolver más asuntos de los ingresados y mantener la tendencia hacia la baja de los plazos de resolución.
Asuntos entrados en Casación y casos resueltos en la Sala III.
Año 2011 | Año 2012 | Año 2013 | Año 2014 | |
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Asuntos entrados en casación | 1037 | 468 | 794 | 736 |
Total casaciones resueltas | 1053 | 974 | 897 | 820 |