Opinión

Opinión: ¿Ingobernabilidad o qué?

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El Dr. Eduardo Ortiz Ortiz, eminente jurisconsulto y profesor de Derecho Administrativo en la Universidad de Costa Rica, nos decía en sus lecciones, lo que hoy se recoge en su obra Tesis de Derecho Administrativo , Tomo III, en cuanto al procedimiento de contratación administrativa: “ La honestidad y dignidad del aspirante . Debe exigirse la solvencia moral del participante, con lo que implícitamente y legítimamente se excluye al quebrado no calificado o tenido por culpable o fraudulento, al excontratista del Estado o de cualquier otro ente público en mora con sus obligaciones contraídas, al que tenga antecedentes penales, etc. (Se considerarán) sanciones típicas para la mala conducta obtener “ilegalmente información confidencial que la coloque en una situación de ventaja a ella, a la empresa de su propiedad o a la empresa para la cual labora, respecto a otros competidores potenciales (...), suministrar dádivas, directamente o por intermedio de otra persona a los funcionarios involucrados en un proceso de contratación administrativa (...), suministrar un objeto, servicio u obra de inferior condición o calidad al ofrecido”.








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