Aumenta la contribución al régimen de IVM

Este artículo es exclusivo para suscriptores (3)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.


Ingrese a su cuenta para continuar disfrutando de nuestro contenido


Este artículo es exclusivo para suscriptores (2)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.


Este artículo es exclusivo para suscriptores (1)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

¿Tenía usted en el radar un incremento del 0.50% en la contribución total al régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM)?

Cuando en las páginas del calendario se asome el 01 de enero 2015, el cordón que ajusta el corsé de las contribuciones a la seguridad social dará un apretón según está previsto en el transitorio XI del Reglamento de IVM de la CCSS.

54 artículos y 14 transitorios forman el esqueleto de dicho cuerpo normativo, el número 6898 del 07 de febrero de 1995, mediante el cual, entre otros aspectos, se regula todo lo relativo al financiamiento del seguro que soporta, al menos mientras pueda, las pensiones por vejez y por invalidez, así como la indemnización en caso de muerte.

El aporte tripartido al régimen básico contributivo de IVM que corresponde asumir a patronos, trabajadores asalariados y al Estado actualmente es de un 8.00% y en las primeras horas del primer día del 2015 pasará a 8.50%. Ese ajuste del 0.50% será distribuido en partes iguales entre cada uno.

¿Qué significa? Que aumentará la cuota que mensualmente se debe pagar a la CCSS.

En el transitorio XI, para cumplir gradualmente con los porcentajes del artículo 33 del Reglamento, se fijaron aumentos escalonados y automáticos cada 5 años, iniciando en el 2010 y hasta el 2035, por lo que el próximo eslabón se engarzará en el mes de enero que está por venir.

Actualmente solo por concepto de IVM, sin incluir el régimen del Seguro de Salud, una empresa debe cancelar a la CCSS un monto equivalente al 4.92% del total de su planilla mensual, el trabajador asalariado un 2.67% de la remuneración que recibe, y el Estado un 0.41%. A partir del aumento programado, el patrono soportará un 5.08%, sus empleados un 2.84% y el Estado un 0.58%

En términos de contribución mensual total, la cuota patronal pasará de 26,17% a un 26,33%, y la cuota obrera de un 9.17% a un 9.34%.

Lo anterior conlleva irremediablemente ajustes en el presupuesto del costo laboral para los patronos y una retención mayor sobre los salarios de los trabajadores.

De acuerdo con el más reciente informe del Estado de la Nación, en cuanto a pensiones contributivas el régimen de IVM tiene el mayo número de cotizantes activos (1.379.961 personas a junio del 2012) y de pensionados (190.689), y uno de cada cuatro pensionados lo es por invalidez.

Este incremento en la contribución fue pensado y decidido así por la Junta Directiva de la CCSS desde el 2005, cuando se acordaron reformas cuyo objetivo era lograr la sostenibilidad financiera del régimen, por lo cual, además del mencionado ajuste en las tasas, se aumentó el número de cuotas necesarias para la jubilación (aunque se creó también la modalidad de retiro anticipado).

El aumnto de la contribución es un punto que se suma a la discusión que hoy tiene enfrentados a la CCSS y a la Superintendencia de Pensiones en cuanto al estado real de las finanzas de un sistema de pensiones que podría sufrir de vértigo al balancearse sobre el borde del precipicio.