¿Con Chunche?

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“No jugamos bien porque pasamos cinco meses sin hacer trabajo táctico”.

Esas declaraciones de Mauricio “Chunche” Montero criticando al anterior técnico lo tienen hoy por hoy en jaque, a él y a los cientos de seguidores que han optado por tirar las redes en este mar revuelto para hacer presión social a su favor.

Lo que dijo lo puso a sudar la gota gorda. Ahora está en el banquillo viendo como su trabajo puede quedar fuera de juego porque sus acciones tendrán consecuencias en el césped laboral.

El "Chunche" dejó de ser el asistente técnico manudo, aunque su nombre todavía aparece en la planilla de la Liga. Lo ocurrido y comentado en estos días, pasiones de lado, justifica que nos hagamos la siguiente pregunta: ¿son las declaraciones de Mauricio Montero una patada en la espinilla del principio de la buena fe laboral?. ¿Acaso pecó en el ejercicio del derecho a la libertad de expresión?.

El principio de la buena fe, una institución de gran calado en material laboral, encarna la expectativa de un comportamiento adecuado y coherente, de buena conciencia, con ocasión de la relación de empleo.

La bona fides implica un freno de mano en relación al comportamiento permitido, que va más allá de la mera letra del contrato, por lo que es precisamente en el campo de lo no escrito donde gobierna con más fuerza.

Hay que tener presente que manifestaciones que en otro contexto pudieran ser legítimas no tienen necesariamente que serlo si se analizan en el seno de una relación laboral.

Imaginemos que alguien publica en Facebook que X empresa tiene un pésimo servicio al cliente y que recomienda visitar a la competencia. De primera entrada este comentario no pasaría de ser una simple queja producto de una mala experiencia, pero ¿qué sucedería si quién hace la publicación es el Gerente de Servicio al Cliente de esa compañía?. En este último supuesto el terreno de juego y el marcador serían muy distintos.

Hay un deber de sigilo y de lealtad que pudieron haber quedado gravemente lesionados, aunque Mauricio Montero sea una persona querida y respetada por muchos, liguistas y no liguistas. Pero que caiga bien y se le tenga cariño es otra cosa que no viene al caso, o no debería, si nos centramos en discutir la existencia de faltas en el cumplimiento de las responsabilidades laborales.

Saber hasta qué punto deben llegar las restricciones del trabajador en el ejercicio de la libertad de expresión es tela que corresponde cortar a los tribunales, y la tarea es mucho más que compleja. Hay casos más claros que otros, como por ejemplo cuando el trabajador utiliza insultos o calificativos degradantes, pero el análisis exige mayor precisión cuando en la cancha lo que encontramos es la difusión de opiniones que no caen en la mala educación ni en la mentira pero que resultan inquietantes o molestan al patrono por considerar que dañan su imagen o perjudican sus intereses.

¿A favor o en contra?