Brecha de protección: ¿Cuál es la nuestra?

Falta algún tiempo para determinarlo en el caso concreto de Upala y el huracán Otto, pero resulta analítico para las aseguradoras evaluar cuál es nuestra brecha de protección en Costa Rica.

Este artículo es exclusivo para suscriptores (3)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.


Ingrese a su cuenta para continuar disfrutando de nuestro contenido


Este artículo es exclusivo para suscriptores (2)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.


Este artículo es exclusivo para suscriptores (1)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Dejando atrás la lamentable situación ocurrida en nuestro país a raíz del huracán Otto, en la que se continúan los esfuerzos por reconstruir la zona afectada, quiero hacer corolario con un tema de seguros relacionado a la “brecha de protección”.

Ahora bien, debemos entender por “brecha de protección”: “ la diferencia entre las pérdidas económicas totales y las pérdidas aseguradas ” [Swiss Re – Marzo 2016, La brecha de protección de daños en Latinoamérica]. ¿Cuánto del patrimonio destruido estaba asegurado?

No asegurado o mal asegurado. La “brecha de protección” se da cuando muchos de los bienes expuestos a sufrir daños (ejemplo: desastres naturales), están mal asegurados o no están asegurados del todo . Esta situación es la que genera esa brecha.

Se determina que la brecha de protección va en constante crecimiento:

  • 1980 la brecha era del 75,9%
  • 2015 la brecha fue del 82,0%
Los riesgos que generalmente se evalúan para este tipo de estudios, se circunscriben en:

  • Frío, helada
  • Sequía, incendios forestales, olas de calor
  • Terremotos
  • Inundaciones
  • Otras catástrofes naturales
  • Tormentas
Región más urbanizada. El estudio indica que en el 2014 Latinoamérica se convirtió en la segunda región más urbanizada del mundo , esto deriva que la aceleración en dicha urbanización no va de la mano con el aseguramiento, quedando los patrimonios expuestos, y esto puede ocurrir por:

  • Incremento en el valor de las propiedades.
  • Concentración del riesgo en ciertas zonas urbanizadas.
Infraseguro. Decíamos que existen patrimonios que, si bien están asegurados, no lo están del todo bien. El artículo 66 de la Ley Reguladora del Contrato de Seguros (LRCS) considera al infraseguro:

Si el valor asegurado es inferior al valor del interés asegurable, solo se indemnizará el daño en la proporción que resulte de ambos valores, salvo que las partes establezcan lo contrario.

Valor Asegurado. Debemos advertir que el “valor asegurado” está intrínsecamente relacionado con este concepto de “interés asegurable”: “…el interés económico que la persona asegurada debe tener en la conservación del bien objeto del seguro o de la integridad patrimonial de la persona asegurada” [Artículo 9 de la LRCS]. Es decir, el Asegurado debe declarar cuál es su interés asegurable (económico) al momento de asegurarse; no solo es decir que es propietario, arrendatario, etc.; sino, además, debe declarar cuánto es el “valor asegurable” de ese interés que tiene sobre el bien.

El interesado en la cobertura le solicita a la compañía de seguros que evalúe el riesgo, en esa "solicitud de seguro" debe informar necesariamente cuál es ese “valor asegurable” porque el riesgo debe ser susceptible de cuantificarse en dinero , y la premisa parte de que el interesado es quien debe conocer y evaluar dicho “valor asegurable” antes de ser declarado a la compañía de seguros.

Esta etapa de declaración y durante la vigencia de la cobertura pueden surgir inconvenientes:

  • Se declare de manera errónea el “valor asegurable”, sea por desconocimiento o, peor aún, voluntariamente acepta declarar menos para pagar menos prima.
  • El bien objeto de cobertura puede incrementar su valor en el tiempo, esto incide frecuentemente en los bienes inmuebles.
Para esto, la LRCS dispone en su artículo 63 que las partes (Tomador y Aseguradora) pueden pactar ese “valor asegurado”, calculándose con base en:

  • Valor en libros de la cosa asegurada,
  • Valor de su reposición o reconstrucción (maquinaria sofisticada o inmuebles),
  • Valor de mercado (la mayoría de los seguros de daños),
  • Costo de fabricación en caso de ser producida,
  • Precio de adquisición en caso de ser comprada.
  • Valor que le quieran atribuir al interés asegurado (por ejemplo, obras de arte).
Ante estas circunstancias, es menester indicar que la existencia del infraseguro y el sobreseguro es un factor que el asegurado debe tomar en cuenta y responsabilizase año con año para determinar si su interés asegurable está eficientemente cubierto. Ante estas circunstancias, es responsabilidad de este último evaluar, determinar y reportar el estado de sus bienes o activos para efectos de mantener lo más cercano posible a la realidad ese “valor asegurado”: depreciación, revalorización, antigüedad, desgaste, entre otros factores.

Razones del infraseguro. Como se indica en el informe elaborado por Swiss Re, el infraseguro puede clasificarse en 4 categorías:

  • No asegurado . Considera los casos en el que la persona no asegura del todo sus bienes por un tema de cultura: no conoce la existencia de los seguros, o bien, considera que el costo es muy elevado en relación con su beneficio.
  • Sí está asegurado, pero parcialmente . Contrata el seguro, pero no con todas las coberturas, por ejemplo, no aseguran contra inundación , temblor y terremoto .
  • Asegurado, pero con restricciones . Coberturas que sí cubren los riesgos, pero con algún grado de limitación, por ejemplo: los efectos secundarios de un desastre natural , interrupción de negocios , altos deducibles .
  • Asegurado, pero con un valor asegurado bajo . Una infravaloración puede ser consecuencia de una falta de información o de concienciación.
Upala, zona de baja economía. El otro factor que resulta relevante es el hecho que la zona en la que ocurre el desastre, a parte de la falta de información y cultura de seguro, es la falta de recursos económicos de quienes puedan tener acceso a la contratación de seguros; se trata de un polo territorial relativamente marginado.

Bienes asegurados en la zona. Ahora bien, el Instituto Nacional de Seguros (INS) reporta 3.738 edificaciones aseguradas en Upala y Bagaces, algo positivo contra la brecha de protección pero todavía hay escasez de información para determinar bien dicha brecha; será fundamental conocer el final de la historia respecto al manejo de datos, tanto del INS como de las aseguradoras privadas que haya cubierto algún riesgo en esa zona, cuestionándonos si:

  • ¿De todos los inmuebles y cosechas cuánto estaba asegurado?
  • ¿De los bienes asegurados cuántos estaban cubiertos contra riesgos de desastres naturales?
¿Microseguro una solución? Lo cierto de este mecanismo es que puede ayudar a incrementar la penetración en zonas de escasos recursos, ayudando a una adecuada gestión del riesgo y mayor acceso a cobertura de seguro.

Conclusiones. La “brecha de protección” es un tema trascendental a nivel mundial por sus efectos en la economía. La cobertura del seguro permite presupuestar periódicamente la incertidumbre de un posible evento que destruya el patrimonio (empresarial o familiar). El pago de la prima se hace a cambio de una cobertura que pague indemnizaciones en caso de un evento dañoso; si éste ocurre, el asegurado podrá rápidamente reinstalar su empresa o levantar de nuevo su patrimonio familiar.

¡Felices fiestas en este cierre 2016!