Conductores de Uber pagarían $235 al año para trabajar y tarifas a usuarios aumentarán por el IVA

Si se aprueba el proyecto de ley que el Gobierno propone, tal y como lo propone, Uber tendría que limitar la cantidad de conductores asociados y esto limitaría la oferta y los precios para el cliente

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Regular a las empresas que conectan a dueños de vehículos con quienes necesita servicios de transporte mediante apps, es el nuevo objetivo del gobierno de Carlos Alvarado. Para conseguirlo, el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) propone un proyecto de ley que ya fue rechazado por Uber, por los taxistas y por los clientes de ambos servicios, que son los mismos, a fin de cuentas.

“Taxificar” los servicios de movilidad colaborativa es un fenómeno común en países, sobre todo de América Latina. Costa Rica, afín a este movimiento, ya cuenta en la corriente legislativa de su Congreso, con un texto que burocratiza un modelo basado en la simplicidad, la practicidad y la versatilidad de la tecnología.

El cliente pide un carro con tan solo un click en una app, paga el servicio sin necesidad de efectivo y recibe tarifas mucho más bajas que las de otros actores del mercado, los taxis rojos, por ejemplo.

El proyecto de ley “Reforma al sistema de transporte remunerado de personas y regulación de las empresas de plataformas de transporte”, expediente 21.228, ya empezó su procesión en la Asamblea Legislativa, en un foro donde todo va mucho más lento que la internet, la tecnología y las visiones de las empresas de la economía colaborativa, entre ellas, Uber, Airbnb, Uber Eats y Glovo.

El texto reescribiría las reglas del juego para los 22.000 conductores de Uber y también para los casi 800.000 clientes que usan la app para transportarse dentro del país.

EF analizó el texto completo del proyecto de ley y le resume, a continuación, los principales cambios que propone el Gobierno.

1- Las nuevas reglas para usar un vehículo en Uber

- Póliza de seguro con la cobertura de ley.

- Derecho de circulación vigente.

- Revisión técnica vehicular vigente, si el carro tiene menos de cuatro años de fabricación deberá ir a Riteve solo una vez al año, pero si es más antiguo tendrá que cumplir con este requisito dos veces al año.

- Certificado de propiedad de vehículo.

- Certificado emitido por la Dirección General de Tributación (DGT) de que el carro está al día con el pago de impuestos.

- Los vehículos que se utilicen para brindar servicios de transporte no podrán ser mayores a ocho años de fabricación, si son eléctricos puede tener hasta diez años de antigüedad.

- Deben tener cuatro puertas, cinturones de seguridad que funcionen bien para todos los pasajeros y bolsas de aire delanteras.

- Capacidad mínima de cinco pasajeros, en el caso de que sean para siete personas necesitarán un permiso especial para comprobar que los dos pasajeros adicionales tienen una salida independiente.

- No se autorizarán vehículos de mayor capacidad a siete pasajeros como, por ejemplo, busetas.

- El propietario del carro tendrá que pagar un canon de $200 dólares cada año para la administración y fiscalización del Registro de Plataformas tecnológicas de transporte que se creará en el Consejo de Transporte Público (CTP).

Nota: puede encontrar estos requisitos en el capítulo IV del proyecto de ley.

2- Requisitos para los conductores

- Licencia de conducir B1 con al menos dos años de emisión.

- Recibir un curso digital de seguridad vial para conductores de las Empresas de Plataformas de Transportes (EPT) que será evaluado por el Consejo de Seguridad Vial (Cosevi).

- Inscribirse como trabajador independiente en la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).

- Registrase como contribuyente ante la DGT del Ministerio de Hacienda.

- Pagar un canon anual de $35 para obtener un “código de conductor” –como ocurre con los taxistas en la actualidad–. El dinero recaudado con el pago de esta obligación se destinará a los gastos corrientes y operativos del Consejo de Transporte Público (CTP).

- Colocar al vehículo un distintivo (como una placa o sticker) mientras ofrece servicios de transporte.

- Evitar recoger usuarios en la vía pública si no ha completado un contrato de movilidad mediante la aplicación con la que trabaja.

Nota: puede encontrar estos requisitos en el capítulo IV del proyecto de ley.

3- ¿Es usuario de Uber? Estos son los cambios

- El artículo 43 del proyecto de ley propone gravar con el 13% del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a cada viaje que solicite un usuario mediante la aplicación. Este monto será traslado a la tarifa final que pagan los clientes de plataformas como Uber, así lo aceptó Andrés Echandi, en un conversatorio con la prensa el 14 de noviembre del 2018.

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- Los usuarios tienen el derecho previo de conocer, en el contrato de movilidad, el precio que se cobrará por el servicio a través de las aplicaciones digitales. Cualquier cambio debe ser informado previamente a los usuarios.

- Los usuarios deben dar un consentimiento previos a las empresas de movilidad colaborativa para la recopilación y uso de sus datos personales.

- Las empresas tendrían la obligación de borrar cualquier dato que el usuario considere que no debe estar almacenado en los registros de la aplicación.

Nota: puede encontrar estos puntos en los capítulos VII y VIII del proyecto de ley.

4- Misceláneos

- Se gravaría con una tasa de 8,5% del impuesto sobre remesas al exterior todas aquellas rentas o beneficios de fuente costarricense provenientes de la prestación de servicios de transporte mediante aplicaciones digitales.

- Se crea un Fondo Nacional de Movilidad que será administrado por el CTP para “modernizar el transporte público” de Costa Rica.

- El fondo se financiará con tres fuentes: un 3% que se cobrará a cada servicio de transporte, el pago que harán las empresas para registrarse ante el CTP, sanciones administrativas y donaciones y otros ingresos.

- Durante los primeros ocho años tras la entrada en vigor de la ley, el CTP podrá destinar el 80% del monto total del fondo en financiar las primas –hasta un 15% del valor total del carro– para la compra de taxis nuevos, el 20% restante se utilizará para dar ayudas sociales a taxistas con bajos ingresos, previo a un estudio socioeconómico.

- Después de los ocho años, el CTP podrá utilizar el dinero del fondo para “modernizar el transporte público”, aunque no específica ningún destino para ese dinero.

- El transitorio VI del texto propone que, durante los primeros ocho años tras la entrada en vigencia de la ley, se exonerará en 100% de los impuestos de importación y ventas para los vehículos destinados a utilizarse como taxis.

- El proyecto también propone, en su transitorio VII que se elimine por los primeros tres años, tras la entrada en vigencia de la ley, el pago del canon que los taxis cancelar anualmente al CTP. El MOPT deberá sacar ese dinero de su presupuesto para transferirlo al CTP.

- El CTP publicará cada seis meses una lista digital en su página web con las EPT que están debidamente registradas.

- Las empresas que operen en el país antes de que la ley entre en vigor tendrán que pagar 16.800 salarios base del Poder Judicial que equivalen a ¢8.300 millones. Este sería el caso de Uber y de otras aplicaciones que se crearon en el país como Onux, que arrancó operaciones en enero de este año.

Nota: puede encontrar estos requisitos en los capítulos VI, VII, VIII y los transitorios del proyecto de ley.