Consultas a Sala IV no impactan discusión legislativa

Estado de la Justicia reveló que las consultas facultativas se resuelven, en promedio, en 28,5 días

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Las consultas previas de constitucionalidad que ejerce la Sala IV, a petición de los diputados en los proyectos de ley que se tramitan en la Asamblea Legislativa, ni saturan la Sala ni retrasan la discusión legislativa para la aprobación de una ley.

El proceso sí permite detectar vicios contra la Constitución Política, tanto de forma como de fondo, en cerca del 61,9% de los casos que ingresan.

Así lo determinó el capítulo “Consulta previa de constitucionalidad: ¿Actúa la Sala como un senado?”, del primer informe del Estado de la Justicia, elaborado por el Programa Estado de la Nación (PEN). Esta investigación contempló el análisis de poco más de 5.000 expedientes.

Los hallazgos positivos, no eliminan las tensiones que en ocasiones surgen entre los poderes Legislativo y Judicial por el accionar de la Sala IV y su impacto en la gestión legislativa.

A tiempo

De acuerdo con el informe, se comprobó que las consultas enviadas a la Sala IV, por un grupo de al menos 10 diputados, se resolvieron en un plazo promedio de 28,5 días. Un periodo menor al mes establecido para su resolución.

Si ese tiempo se compara con el promedio de aprobación de una ley en el Congreso, que fue de 657 días, el plazo de respuesta de la Sala solo representa el 3,6% del tiempo total del trámite y aprobación de leyes.

Las consultas facultativas tampoco representan una carga insostenible para la Sala Constitucional.

De un total de 712 consultas legislativas previas admitidas para estudio de parte del tribunal constitucional entre 1989 y 2013, solo el 37% (268) fueron solicitadas por los legisladores.

“La conclusión es clara: van a consulta muy poquitos proyectos y se resuelven muy rápido”, confirmó Evelyn Villareal, investigadora del Estado de la Nación.

Además, en 12 de los 21 años en estudio, los proyectos consultados no superaron el 15% de las leyes aprobadas por el Congreso.

Como único periodo atípico se menciona a la Administración Arias Sánchez (2004-2005), cuando los proyectos enviados a consulta, representaron el 60% de las leyes aprobadas.

Fueron las consultas catalogadas como obligatorias o preceptivas (aquellas que son enviadas a la Sala Constitucional por el Directorio Legislativo), las que consumieron mayor atención a los magistrados.

Desde 1989, ese tipo de consultas representó un 62,4%(444) de las resueltas por el tribunal constitucional.

Filtro certero

Los descubrimientos positivos de la investigación del Estado de la Nación no terminan ahí.

El informe, enfocado en el funcionamiento del Poder Judicial, determinó que la consulta previa cumple con el cometido de evidenciar los choques de los proyectos con la Constitución.

El examen previo identificó vicios de constitucionalidad en cerca de 7 de cada 10 proyectos consultados por los diputados.

Fueron los vicios de fondo (83 proyectos), aquellos que contradicen la Constitución Política, los más recurrentes. Seguidos por los de forma (41). Además se detectaron 14 proyectos que presentaron errores de los dos tipos.

“Hay que entender que la Sala IV viene a ayudar a los diputados a depurarla legislación y que lo que se apruebe quede de cierta forma blindado contra posibles inconstitucionalidades”, aseveró Otto Guevara, diputado del Movimiento Libertario.

Criterios vinculantes

De los criterios emitidos por el tribunal constitucional, solo deben ser acatados obligatoriamente los dictámenes por la forma.

Pese a ello, la Asamblea acogió señalamientos por fondo en cerca del 90% de los casos.

A modo de excepción, sobresalen los proyectos de Presupuesto de la República, que pese a ser los proyectos donde más vicios de fondo se detectan, es donde los legisladores toman menos en cuenta los señalamientos.

De 44 consultas en esta materia, 18 presentaban vicios de fondos y solo dos fueron tomados en consideración.

“El que la Asamblea esté tan pendiente de acatar los criterios puede deberse a que si no se modifica la versión final de una ley, cualquier ciudadano podría presentar un recurso posterior, y poner en riesgo toda la legislación”, explicó el abogado especialista en derecho constitucional Javier Llobet.

Criticas sin final

Las reglas que marcan la participación de la Sala Constitucional en la gestión legislativa en ocasiones se desdibujan.

El informe argumenta que en 2007, cuando se decidió que la adopción del Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos se definiría en un referendo, se planteó una consulta previa ante la Sala. Esto pese a no existir normas expresas que le permitieran al tribunal conocer tal consulta.

“La Sala se reserva un margen de influencia para cuando lo requiere, de ahí nuestra pregunta de si actúa como senado. A lo que respondimos: no en la mayoría de los casos, pero sí lo ha hecho”, dijo Villareal.

En la acera de enfrente, el informe señala que más del 70% de las consultas son iniciativas de los diputados de la oposición.

Esa afirmación, a criterio de Guevara, evidencia cómo los legisladores utilizan ese mecanismo para evitar estudiar los textos a fondo y hasta para quitarse pesos políticos de encima.

“Hay diputados que aunque el proyecto violente la constitución lo votan, y luego promueven la consulta para que sea entonces la Sala Constitucional la que se eche la responsabilidad de decidir si se debería aprobar o no”, añadió Guevara.