Con el apoyo de 42 diputados y dos en contra fue aprobada en segundo debate la reforma a la Ley de Delitos Informáticos, conocida como “ley mordaza”.
La reforma especifica que no constituye delito la publicación, difusión o transmisión de información de interés público, documentos públicos, datos contenidos en registros públicos y bases de datos públicos. Tampoco será delito la recopilación, copia y uso por parte de las entidades financieras supervisadas por la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef).
Se mantiene el espíritu de sancionar la violación a las comunicaciones privadas, como establecía el proyecto original.
Además, la reforma estipula que la violación de datos será sancionada con prisión de uno a tres años a quien dé un tratamiento no autorizado a las imágenes, datos de una persona física o jurídica almacenados en sistemas o redes informáticos, contenedores electrónicos u ópticos.
A partir de ahora, el proyecto deberá esperar la sanción del Poder Ejecutivo y así se cerrará un capítulo polémico que se abrió en noviembre pasado, cuando la redacción abierta de las prohibiciones generó temor de que se podía usar para censurar informaciones periodísticas.