Diputados aprueban ley para limitar la reelección indefinida de los alcaldes

El plan obtuvo 48 votos a favor y dos en contra. Su admisión se dio posterior a conocer la opinión consultiva de la Sala Constitucional, la cual no encontró vicios en el proyecto

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Este martes 29 de marzo, los diputados aprobaron de manera definitiva el expediente Ley para Eliminar la Reelección Indefinida de las Autoridades Locales (21.810).

El proyecto reforma el artículo 14 del Código Municipal de la Ley N° 7794 de 30 de abril de 1998, en cuyo párrafo final concede de manera irrestricta a la posibilidad de reelección, convirtiendo en absoluto el derecho a ser electo.

Con 50 diputados presentes, el plan obtuvo 48 votos a favor y únicamente dos en contra. Su admisión se dio posterior a conocer la opinión consultiva de la Sala Constitucional, la cual no encontró vicios en el plan.

La discusión para eliminar la reelección indefinida de los alcaldes tomaría lugar el lunes, según lo acordado por las fracciones legislativas el jueves anterior, no obstante, la falta de quórum (20 funcionarios ausentes, 13 de ellos sin permiso) impidió que se llevara acabo la sesión.

La ley solo permite que los alcaldes se reelijan para un período consecutivo, es decir, estar en un máximo de ocho años seguidos en el cargo. Y además, les prohibiría que puedan postularse a otros cargos de elección popular durante un período de ocho años, una vez que hayan dejado la alcaldía.

En el caso de los demás puestos como las vicealcaldías, las sindicalías, los regidores propietarios y suplentes, y las intendencias, la ley sí les permitiría aspirar a otro puesto municipal, luego de haber ocupado por ocho años un mismo cargo.

El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) había objetado la propuesta, porque considera erróneo impedir que los alcaldes se puedan postular para otros puestos una vez que dejen la alcaldía, ya que se trata de una violación del derecho a ser electos. Sin embargo, la Sala no se refirió al respecto.

Argumentos

Antes de la votación, Daniel Ulate, diputado por el Partido Liberación Nacional (PLN) anunció su voto negativo, porque alegó que la continuidad de algunos alcaldes no es la única razón de la apatía electoral de los votantes municipales.

Asimismo, el socialcristiano Pedro Muñoz secundó el voto en contra, en apego al criterio del TSE de que el límite a la reelección de alcaldes no se podía aprobar por estar en el periodo de veda constitucional, para hacer modificaciones en temas electorales.

Por su parte, Luis Ramón Carranza, del Partido Acción Ciudadana (PAC), aseguró que él nunca pensó que fuera posible aprobar el proyecto para frenar la “permanencia eterna” de los alcaldes en el poder municipal.

José María Villalta, del Frente Amplio (FA) coincidió, en que antes se veía “casi imposible” la aprobación del proyecto y enfatizó que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) confirmó que no es un derecho humano la reelección indefinida de los funcionarios, y dijo que más bien fortalece el derecho a ser electo.

“El alcalde que se perpetua hoy en el cargo tiene muchas ventajas, por la estructura, la maquinaria municipal, que puede ser clientelista y pone una cancha desbalanceada. La reforma revitaliza la democracia partidaria”, apuntó Villalta.

Minutos después de la aprobación de la iniciativa, la Asociación Nacional de Alcaldías e Intendencias (ANAI) anunció la presentación de una acción de inconstitucionalidad con solicitud de medida cautelar, ya que argumentan que la ley violenta el derecho de participación política, el principio de irretroactividad de la ley y el artículo 97 de la Constitución Política.

“Esta retroactividad violenta los derechos de las personas y sienta un precedente sumamente peligroso para que, a futuro, la Asamblea apruebe temas retroactivos en impuestos u otros temas delicados. No se puede jugar así con la seguridad jurídica”, señaló Heriberto Cubero, alcalde de Abangares y miembro de la Junta Directiva de ANAI.