EF Explica: El proyecto de ley que pretende incluir la renta mundial en el sistema tributario costarricense

El proyecto pretende tres hacer modificaciones puntuales en los artículos 1, 6 y 27 bis de la Ley del Impuesto sobre la Renta (N.° 7.092) para gravar las rentas que se producen en el extranjero

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El 24 de agosto ingresó a la Asamblea Legislativa el Proyecto Ley para la Inclusión de Renta Mundial en el Sistema Tributario Costarricense (Expediente N.° 22.166), que busca modificar varios artículos de la Ley del Impuesto sobre la Renta (N.° 7.092) para gravar las utilidades de personas físicas o jurídicas domiciliadas en Costa Rica y que se producen en jurisdicciones extraterritoriales. Es decir, en el extranjero.

Pese a que la iniciativa debutó en la corriente legislativa hace pocos días, ya produce ruido y críticas a lo interno del Congreso. No obstante, Welmer Ramos, diputado oficialista y proponente de la iniciativa, considera que ayudaría a evitar la evasión y la elusión fiscal.

“Hay que cerrar la brecha de ingresos fiscales porque se necesita, porque el país necesita solidaridad con las empresas sin ingresos o sin mercado y necesitamos darles la mano. Es un impuesto a las utilidades que no es nuevo pero que hace justicia”, manifestó Ramos.

Antes de explicar los alcances del texto es fundamental aclarar dos conceptos: renta territorial y renta mundial.

Costa Rica actualmente implementa la renta territorial, este es un modelo que grava las rentas que se producen dentro de un territorio nacional. Los países que adoptan el principio de territorialidad se consideran receptores de Inversión Extranjera Directa (IED) como es el caso de Costa Rica, Guatemala o El Salvador.

Mientras que los países exportadores de capital, como Estados Unidos, adoptan la renta mundial. Esta grava en razón de la nacionalidad o del domicilio fiscal del contribuyente.

Es decir, el contribuyente va a tributar sobre la totalidad de sus ingresos indistintamente del país o la jurisdicción donde se generen, explicó Carla Coghi, Socia Directora Deloitte.

El expediente 22.166 plantea que Costa Rica migre de renta territorial a renta mundial.

¿Qué propone la iniciativa?

El proyecto de Ramos busca hacer modificaciones puntuales en los artículos 1, 6 y 27 bis de la Ley del Impuesto sobre la Renta (7.092) para poder gravar las rentas que se producen en el extranjero.

El artículo 1.° de esa ley pone las reglas del juego y define el hecho generador y la materia imponible, es decir, lo que se va a gravar. La norma actual establece un impuesto a las utilidades de los contribuyentes que desarrollen actividades lucrativas de fuente costarricense.

Es decir, los ingresos que se generan dentro del territorio nacional.

El texto de Ramos modifica el hecho generador del impuesto sobre las utilidades para que se puedan gravar las actividades lucrativas no solo de fuente costarricense, sino de otras jurisdicciones.

Además plantea gravar cualquier ingreso o beneficio ya sea de fuente costarricense o extraterritorial.

“Esas palabras de extraterritorial y otras jurisdicciones son lo que modificaría el artículo 1.°, si nosotros leemos el actual artículo 1.° de la ley (7.092) únicamente me habla de rentas provenientes de fuente costarricense y no dice nada de otras jurisdicciones”, indicó Coghi.

La iniciativa también propone que cuando las rentas, ingresos o beneficios que se produzcan en fuente costarricense y en otras jurisdicciones, estén sujetas a una retención considerada como impuesto único y definitivo. En este caso el monto se considerará como un pago a cuenta del impuesto.

El objetivo es evitar una doble imposición porque un ingreso no puede estar gravado en dos países.

Si un contribuyente costarricense tiene una inversión en el exterior y en esa nación le cobran 15% sobre el impuesto a las utilidades, ese 15% se puede aplicar en Costa Rica como un pago a cuentas o como una disminución del impuesto sobre la renta.

No obstante, Costa Rica debe prepararse más para evitar la doble imposición pues solo cuenta con tres convenios (con México, Alemania y España), manifestó la socia directora de Deloitte. La escasez de estos acuerdos podría convertirse en un talón de Aquiles para este proyecto de ley.

La propuesta del diputado Ramos deroga el inciso ch del artículo 6 de la ley 7.092; que determina las exclusiones de la renta bruta.

Lo que se pretende es eliminar el inciso ch para que “las rentas generadas en virtud de contratos, convenios o negociaciones sobre bienes o capitales localizados en el exterior, aunque se hubieren celebrado y ejecutado total o parcialmente en el país”, sí formen parte de la renta bruta.

El tercer cambio que plantea el expediente 22.166 es reformar el artículo 27 bis de la ley 7.092. Este artículo se refiere al hecho generador del impuesto que se obtiene de toda renta de fuente costarricense, según lo contempla la ley vigente.

La iniciativa propone que el hecho generador no solo sean de las fuentes de renta costarricenses, sino también de las que se obtengan en otras jurisdicciones.

Ambiente en la Asamblea

Aunque el proyecto tiene pocos días de haber ingresado a la corriente legislativa ya hace eco por los pasillos del Congreso.

Por un lado el proponente del texto cree que es “urgente” cerrar el portillo de las empresas que reportan ganancias en el extranjero pero que escapan a los impuestos nacionales. “Existen muchísimos tipos de ingenierías tributarias para no pagar impuestos”, aseguró.

No obstante, en este punto es necesario aclarar que las compañías domiciliadas en Costa Rica y que reportan utilidades en el extranjero no evaden impuestos, según Carla Coghi, socia directora de Deloitte. Esto porque la legislación no las obliga a pagar por las utilidades que se producen en otras jurisdicciones.

El proyecto solo finge que reduce la elusión, opinó Silvia Hernández, diputada liberacionista, quien considera que el texto es un retoque a la ley 7.092. Según ella la propuesta complicaría el sistema tributario y desincentivaría la inversión y la generación de empleo.

“Estas discusiones deberían darse en el marco de una reforma integral al sistema de imposición sobre la renta costarricense, que está claramente obsoleto. Sin embargo, se presenta como un retoque y sobretodo sin estimaciones y consideraciones sobre lo que esto implica para los contribuyentes y para la Administración (tributaria)”, dijo Hernández.

De momento la fracción verdiblanca, la más grande del Congreso, no ha discutido el expediente 22.166, indicó Luis Fernando Chacón, jefe de la bancada, quien adelantó que de momento el grupo tiene como prioridad discutir otros proyectos que tienen como objetivo aliviar el problema macroeconómico que vive el país a causa de la COVID-19.

El Partido Unidad Social Cristiana (PUSC) tampoco ha analizado el proyecto, aunque la legisladora María Inés Solís sí estudió la propuesta. Solís considera que el texto es populista, que podría impactar la productividad nacional y alejar la inversión extranjera situación; lo que podría ocasionar un empobrecimiento para los costarricenses.

“Debemos de tener claro que Costa Rica es un importador de inversiones no un exportador de inversiones y en este sentido esta es una propuesta muy peligrosa, en momentos cuando en lugar de ahuyentar la inversión, deberíamos pensar en crear más incentivos para atraer la inversión y darle más oportunidades de empleo a la ciudadanía”, agregó Solís.

El Partido Acción Ciudadana todavía no ha emitido una posición oficial sobre el tema, aseguró a EFVíctor Vargas, encargado de comunicaciones del partido oficialista en la Asamblea Legislativa.

No obstante, el proyecto de ley contemplaba la firma de varios legisladores oficialistas como Luis Ramón Carranza, Mario Castillo, Carolina Herrera, Catalina Montero y Enrique Sánchez.

La falta de posición sobre este tema de parte de las diversas fracciones se debe a que los legisladores han enfocado sus esfuerzos en otras discusiones prioritarias para el país, como lo es la discusión del crédito por $504 millones del Fondo Monetario Internacional (FMI) para atender la emergencia causada por la COVID-19.