EF Explica: ¿Por qué es relevante que los Tribunales condenen con 10 años de cárcel a seis personas por fraude fiscal de ¢350 millones?

Es la primera vez en Costa Rica que se impone una sentencia en firme por un delito de defraudación contra la Hacienda Pública

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La semana anterior quedó en firme una sentencia impuesta por los Tribunales de Justicia contra seis personas, quienes participaban en una empresa familiar que opera almacenes de ropa en diferentes zonas del país. A ellos se les comprobó defraudación fiscal por un monto superior a los ¢349 millones.

El caso se remonta al 2004, en ese año la Dirección General de Tributación (DGT) presentó la denuncia contra un hombre de apellidos Soto Mora y su empresa, por el delito de fraude fiscal. El caso tardó 16 años en resolverse y, pese a que el empresario acudió a toda las instancias correspondientes para evitar la condena, finalmente la sentencia fue confirmada.

Carlos Vargas, director general de Tributación, detalló la mañana de este miércoles en conferencia de prensa, que la sentencia en firme contra esta empresa familiar sienta un precedente para confirmar que en Costa Rica es posible condenar por evasión fiscal.

“Es la primera vez en la historia del país en que se da una condena en firme por delito tributario, que además de afectar al contribuyente, recae sobre sus colaboradores, en este caso supervisores y contador”, apuntó Vargas.

La Administración Tributaria identificó que la empresa dejó de pagar ¢149,7 millones correspondientes al impuesto sobre la renta del año 2001 y ¢230,8 millones por el periodo 2002.

La investigación implicó la revisión de un entramado de 53 personas jurídicas y 103 personas físicas que conformaban el grupo empresarial dedicado a la importación y venta de ropa y zapatos a través de tiendas en diferentes zonas del país. Cada comercio y persona física estaba registrado ante Hacienda de manera independiente y bajo el Régimen de Tributación Simplificada.

Sin embargo, la inspección realizada por la Administración Tributaria y la investigación judicial determinaron que se trataba de un grupo de interés económico familiar conformado por el empresario de apellidos Soto Mora, su esposa de apellidos Navarro Blanco, y sus tres hijos de apellidos Soto Navarro, quienes integraban las juntas directivas de las personas jurídicas implicadas y también eran socios de estas figuras.

Este caso es relevante porque, pese a la demora en el extenso proceso judicial del país, reafirma la posibilidad de luchar contra el fraude fiscal en momentos adversos para las finanzas públicas que enfrentan una abrupta caída en los ingresos tributarios acentuada por la crisis del coronavirus.

Una de las medidas que diversos sectores reclaman al Gobierno es mayor acción para luchar contra la evasión, la elusión y el contrabando con el fin de reducir los montos dejados de percibir por estas tres actividades en contra de la Hacienda Pública.

Modus operandi

Soto Mora fungía como representante legal y contaba con la mayor participación accionaria de las sociedades involucradas, por lo que se consideró como el principal desarrollador de la actividad comercial. Sus hijas eran las encargadas de ejecutar y controlar la venta de mercadería y administraban los ingresos percibidos por esa actividad.

En la red también operaban dos hombres de apellidos Murillo Hernández quienes trabajaban como supervisores de las tiendas y se encargaban de recibir el dinero en efectivo, que se generaba por la venta de productos, y lo depositaban en las cuentas bancarias. El contador de la empresa, de apellidos Huertas Barboza, era quien daba sostenibilidad y aparente validez al esquema ilícito.

Vargas dijo que durante la investigación se realizó el levantamiento del secreto bancario lo que permitió determinar que el dinero generado por la actividad ilegal se depositaba en las cuentas a nombre de Soto Mora, de sus dos hijas y de los supervisores.

“El tipo penal establece la sanción de cinco a diez años por este delito, por eso estamos hablando de dos delitos, porque se dieron en dos años diferentes (2001 y 2002). Por el monto de la pena que se tiene no es objeto de ejecución condicional, de manera que deben ir a prisión por estos delitos”, aclaró el jerarca de Tributación.

Sobre la posibilidad de embargar bienes para recuperar parte del monto defraudado, Vargas aclaró que esa es la etapa que continúa. “Una vez que se presenta la denuncia, el juez penal determina cuál es el impuesto dejado de pagar y nosotros procederemos con todas las herramientas que la ley nos faculta, incluido el embargo de bienes posibles”.

La DGT presentó 25 denuncias por defraudación fiscal en los últimos cinco años, por un monto estimado en más de ¢20.848 millones.

Pasado judicial

El director general de Tributación no reveló el nombre de las tiendas, ni confirmó la identidad del empresario. El archivo de publicaciones de EF relata el caso de Wilson Soto Mora, quien en 2003 fue condenado por vender ropa de marca falsificada en 60 tiendas distribuidas en Guanacaste.

La condena contra Soto Mora, fue interpuesta por el Tribunal de Juicio de Guanacaste, el 14 de agosto del 2003, por un proceso penal que inició en 2001. En ese entonces se le encontró culpable de cinco delitos establecidos en el Código Penal y en la legislación de propiedad intelectual, en contra de la compañía Levi’s Strauss.

Las tiendas comercializaban pantalones falsos de esta marca. El 3 de junio del 2004, el Tribunal de Casación Penal del Segundo Circuito Judicial de San José redujo la pena por este delito de falsificación de tres años a un año, según consta en otra noticia publicada por este medio.