EF Explica: ¿Qué son y cómo sacar provecho de los Acuerdos de Precios por Anticipado anunciados por Hacienda?

El APA consiste en informar y negociar con el Ministerio de Hacienda la forma en la que los contribuyentes proponen valorar sus operaciones con empresas relacionadas

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Todos los contribuyentes que realicen transacciones con empresas vinculadas (que pertenecen a un mismo grupo) pueden solicitar de manera voluntaria al Ministerio de Hacienda los Acuerdos de Precios por Anticipado (APA).

Estos consisten en informar y negociar con el Ministerio de Hacienda la forma en la que los contribuyentes proponen valorar sus operaciones con esas empresas relacionadas.

“Se trata de un espacio que se genera para que las partes, tanto las empresas como la administración, puedan dialogar y llegar un acuerdo con certeza jurídica en la valoración y la forma que se están haciendo esas valoraciones respecto a la transacción de bienes y servicios que se realizan entre las empresas que tienen nivel de relación entre ellas”, manifestó Carlos Vargas, director general de Tributación mediante comunicado de prensa.

Los contribuyentes pueden hacer la solicitud de suscripción de forma gratuita y confidencial, es decir, una vez que presentan la información esta no trascenderá a otras instancias del Ministerio de Hacienda.

Toda la documentación e información presentadas para la suscripción del acuerdo estará protegida por el principio de confidencialidad, según el artículo 117 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios. La protección se aplicará incluso cuando la solicitud haya sido denegada o terminada.

EF conversó con Alonso Erak, director de Fiscalidad Internacional y Precios de Transferencia de la firma Grant Thornton; y Roberto Revel, socio de Precios de Transferencia de Deloitte.

¿Qué son las empresas relacionadas?

Estas son compañías que pertenecen a un mismo grupo. Es el caso de una empresa multinacional que tiene subsidiarias en Costa Rica. También puede ser un grupo empresarial costarricense con varias compañías.

Una parte o empresa relacionada es aquella que tenga control sobre otra, ya sea si posee más del 25% del control del capital de la sociedad, o si un contribuyente es miembro de la junta directiva y tiene derecho a voto en varias juntas directivas en más del 25%.

Incluso puede darse el caso de dos o tres personas que coinciden como accionistas o miembros de junta directiva en varias entidades y que sus derecho de voto les dan más del 25%.

Precios de transferencia

Los precios de transferencia son los valores que se establecen cuando se venden bienes o servicios entre las empresas que están relacionadas. Este puede ser el caso de una transnacional que vende materias primas a su subsidiaria aquí en Costa Rica.

Los precios pactados deben de estar en la misma sintonía que los precios del mercado (no se deben otorgar tarifas más baratas) para garantizar que una posible venta entre estas compañías hermanas no va a generar ningún perjuicio fiscal en el país.

Esto se puede explicar con un ejemplo de la vida cotidiana. Si una persona desea vender su vehículo al negociar el precio con un tercero tratará de venderlo al precio más alto, mientras que el interesado tratará de negociar una rebaja; pero si un familiar le ofrece comprar el vehículo es muy posible que se le ofrezca un precio más cómodo.

Este es el tipo de situaciones que la legislación costarricense pretende evitar entre las empresas vinculadas.

Por esta razón los contribuyentes están obligados a hacer estudios de precios de transferencia (que deben estar en sintonía con el principio de libre competencia), para mostrarlos en caso de que haya una auditoría a cargo del Ministerio de Hacienda. Así demostrarían que al vender bienes o servicios con sus vinculados no afectan al fisco.

No existe obligación de presentar dichos estudios ante Hacienda, el contribuyente solo debe tenerlos listos en caso de una eventual auditoría.

¿En qué consiste el APA?

El APA es un acuerdo entre el contribuyente y la administración tributaria.

“Es un proceso voluntario el contribuyente (...). Es un paso anticipado para evitar entrar en discusión con la autoridad fiscal, de forma voluntaria le dijo estos son los procedimientos, las políticas, la forma en que establezco la remuneración ¿cómo lo ve? ¿lo ve viable, razonable? y comienza el proceso de negociación”, dijo el socio de Precios de Transferencia de Deloitte.

Tributación revisa el estudio de precios y si este es correcto y no genera un daño al fisco, se firma el acuerdo. Mientras el contribuyente mantenga dichas condiciones con sus partes relacionadas, Hacienda va a respetar los precios de transferencia lo que da seguridad jurídica.

Esto significa que en caso de una fiscalización el contribuyente ya tiene el acuerdo firmado y aprobado por la cartera, por lo que no sería necesario hacer ajustes.

Una vez aprobado el APA tiene una vigencia de cinco periodos fiscales y los contribuyentes podrán solicitar renovaciones hasta por un máximo de cinco períodos fiscales. También se puede finalizar el contrato por mutuo acuerdo, en cualquier momento durante su vigencia.

Se debe tener en cuenta que una vez que el contribuyente hace la solicitud la Administración Tributaria contará con un plazo de seis meses para responderla, y este periodo se podrá ampliar hasta un máximo de seis mese adicionales según la complejidad del estudio.

¿Quiénes pueden solicitarlo?

Cualquier contribuyente que tenga relación con sus partes relacionadas puede solicitar un APA. Aunque se recomienda para aquellas empresas que concluyeron una transacción muy compleja y que tienen dudas en la forma en las que aplicó los precios de transferencia.

También se recomienda para aquellas empresas que hicieron una transacción muy grande y que creen que esa operación podría impactar sus estados financieros y la base imponible en cuanto al Impuesto sobre la Renta y el Impuesto de Valor Agregado (IVA).