Haga las paces con el IRS

Dos programas abren la posibilidad a los estadounidenses de anticiparse a Fatca

Este artículo es exclusivo para suscriptores (3)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.


Ingrese a su cuenta para continuar disfrutando de nuestro contenido


Este artículo es exclusivo para suscriptores (2)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.


Este artículo es exclusivo para suscriptores (1)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Como consecuencia de Foreign Account Tax Compliance Act (Fatca) y su próxima entrada en vigencia, la detección de los ciudadanos estadounidenses con cuentas e ingresos en el extranjero no reportados cuya omisión acarrea una serie de sanciones tanto civiles como penales, es hoy una realidad.

A diferencia de Costa Rica, Estados Unidos, calcula su impuesto sobre la renta sobre los ingresos que perciban sus ciudadanos con independencia del lugar donde residan. Es decir que toda persona nacida en Estados Unidos, a pesar de no residir ni recibir ingresos allí, tiene la obligación de declarar y pagar impuestos en dicho país por los ingresos que reciba en cualquier parte del mundo.

Por ello, desde 2009 el Servicio de Impuestos Internos de Estados Unidos (IRS por sus siglas en inglés) ha creado programas de participación voluntaria que permiten al contribuyente ponerse al día en sus obligaciones.

Dentro de estos programas de participación voluntaria destacan el Offshore Voluntary Disclosure Program (OVDP) y el Streamline Filing Compliance Procedure .

Ambos programas fueron modificados el 18 de junio del 2014 dejándose el OVDP como una alternativa para aquellos contribuyentes que con conocimiento de causa, incumplieron sus obligaciones tributarias al no reportar sus cuentas y activos localizados fuera de los Estados Unidos.

A ellos se les garantiza que, una vez admitidos dentro del programa, no serán acusados penalmente y se le aplicarán reducciones a las sanciones civiles.

Mientras que el Streamline Compliance Procedure queda como una alternativa para todos los estadounidenses con cuentas y activos en el extranjero que incumplieron con obligaciones tributarias por desconocimiento de la ley, y se les exime del pago de todo tipo de multas civiles.

El punto clave por analizar sobre por cuál de los programas optar recae en el elemento del dolo, entendiendo como no dolosa la conducta que se debe a la negligencia, inadvertencia o error y es resultado de un mal entendimiento de buena fe acerca de la ley. La decisión final de si la conducta es dolosa o no recae en el IRS.

Ahora bien, mediante modificación establecida el 18 de junio de 2014 al Streamline Compliance Procedure , el IRS por primera vez abre una oportunidad para ponerse al día en el cumplimiento de obligaciones tributarias que disminuye considerablemente el número de declaraciones a presentar y que elimina por completo el pago de sanciones civiles.

A manera de ejemplo, este programa permite regularizar la situación de un contribuyente mediante la presentación de declaraciones de renta de los últimos tres periodos en oposición a los ocho años que contempla el OVDP.

El IRS ha sido enfático en que estos programas pueden ser eliminados en cualquier momento. Asimismo, ha sido claro en indicar que la posibilidad de participar en estos programas se encuentra disponible en el tanto usted no esté siendo actualmente investigado o auditado.

Como consecuencia de lo anterior y tomando en consideración que prontamente en cumplimiento de Fatca todos aquellos cuentahabientes estadounidenses detectados por las instituciones bancarias costarricenses serán reportados al IRS –situación que le impediría participar en estos programas-, este es un buen momento, para que si usted posee cuentas y/o activos fuera de Estados Unidos que no ha reportado debida y oportunamente busque asesoría y se pongan al día en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Gobierno de los Estados Unidos.

El presente artículo es publicado de manera general y para efectos informativos por lo que no debe sustituir ni debe ser considerado como asesoría legal.