Legales:Empresas en Zonas Francas no están exentas de los controles aduaneros

De no acatar las normas, pueden ser sancionadas

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Las zonas francas, como instrumentos de atracción de inversiones, son una valiosa fuente de empleos de calidad para el país y por eso gozan de una serie de incentivos que el Estado les otorga.

Sin embargo, el Estado también les impone una serie de controles y, aunque el régimen de zonas francas es bastante particular en comparación con el resto de regímenes aduaneros, esto no les exime del cumplimiento de esas disposiciones y procedimientos aduaneros establecidos en la legislación costarricense.

La Ley General de Aduanas define como control aduanero al análisis, la aplicación, supervisión, fiscalización, verificación, investigación y evaluación del cumplimiento de las disposiciones legales aduaneras.

Estos controles aduaneros pueden ser inmediatos, posteriori o permanentes; y su ejecución y vigilancia le corresponde al Servicio Nacional de Aduanas del Ministerio de Hacienda.

Este es el órgano de control del comercio exterior y de la Administración Tributaria constituido por la Dirección General de Aduanas, las aduanas, sus dependencias y demás órganos aduaneros.

En la práctica, muchos procedimientos iniciados por la Dirección General de Aduanas contra las empresas en zonas francas surgen a raíz de que estas consideran que, al no ser necesario el pago de impuestos aduaneros tributarios, no deben cumplir con el resto de controles aduaneros, por ser un régimen especial y porque no hay ningún tipo de defraudación fiscal aduanera de por medio.

No obstante, aunque no exista el pago de impuestos aduaneros dentro de sus operaciones, esto no las exime del cumplimiento de las obligaciones formales impuestas para todos los regímenes aduaneros.

Entre estas figuran la presentación de la declaración aduanera con los respectivos documentos para generar un Documento Único Aduanero (DUA) de zona franca; el cumplimiento del proceso de verificación para el reconocimiento físico de las mercancías; la aplicación de sistemas informáticos; el control de ingreso y salida de personas, vehículos, unidades de transporte o mercancías por los puestos o lugares destinados al control aduanero, entre otras.

Cualquier procedimiento de fiscalización por parte de la Dirección General de Aduanas tendrá por objetivo determinar si existe o existió una vulnerabilidad en esos controles aduaneros, independientemente del tipo de régimen.

Así, las empresas en zonas francas están obligadas, como cualquier otra, a cumplir y ajustar sus actividades para evitar vulnerabilidades en los controles aduaneros y para lograrlo, cuentan con una serie de resoluciones sobre procedimiento.

Además, el Departamento de Procesos Aduaneros de la Dirección General de Aduanas puede asistirlas de manera personalizada, en caso de que requieran, para que la empresa incorpore dentro de su operación los procedimientos aduaneros a cumplir, según la actividad que realiza.

Es importante que también las empresas en zonas francas cuenten con la asesoría legal y técnica especializada, con el fin de evitar sanciones o contingencias aduaneras que puedan significar la suspensión de sus actividades, sea en forma temporal o permanente.