Legales: Se debe planificar la herencia

Sin un plan sucesorio, la ley toma las decisiones por la persona fallecida

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Funerales, testamentos, herencias… No son temas de los que usualmente se desee conversar pero es necesario hacerlo.

La planificación sucesoria es el proceso para determinar la distribución de los bienes y manejo de asuntos personales después de la muerte.

El objetivo es garantizar una transmisión hereditaria basada en los deseos e intereses de quien posee los bienes, con el fin de proteger las necesidades de su entorno afectivo.

Sin un plan sucesorio, en caso de muerte la ley decide por la persona fallecida, sin contemplar situaciones particulares que tal vez quisiera haber resuelto de otra manera estando en vida.

Esto no solo podría ir en contra de la que hubiera sido su última voluntad, sino que también puede ocasionar conflictos familiares.

Por eso, es necesario un adecuado asesoramiento profesional, que permita adoptar las mejores decisiones personales y patrimoniales, teniendo en cuenta la certeza de la muerte.

En este proceso, los clientes pueden estipular todo lo que deseen, dentro de los límites que la Ley permite, tanto sobre su patrimonio y posible repartición, como sobre cuestiones no patrimoniales.

Entre ellas, disposiciones respecto de las honras fúnebres, destino del propio cuerpo, designación de tutor para hijos menores y de curador para parientes con discapacidad y otros aspectos de esta índole.

Además, se pueden establecer pautas para el cuidado de la salud en el largo plazo, protección de los padres mayores y mecanismos para la prevención y resolución de conflictos sucesorios.

Instrumentos

En función de los objetivos fijados por el heredante, es posible determinar cuáles son los instrumentos idóneos para realizar la planificación sucesoria personal.

Así, instrumentos genéricos usuales como testamento, fideicomisos testamentarios, contratos de donación o de renta vitalicia y otros, se complementan con los que se utilizan para la planificación sucesoria en la empresa.

Ejemplos de estos instrumentos son las sociedades comerciales, el protocolo familiar o empresarial y el convenio de continuidad empresaria ( buy and sell agreement ).

En el proceso de planificación sucesoria, también es importante que, si la persona tiene bienes en varias jurisdicciones, se alinien y ajusten para que su voluntad post mortem sea efectiva en todos los países, con el posible menor impacto en el costo del proceso sucesorio y repartición de los bienes.

Una vez establecida, la planeación sucesoria se puede modificar cuando se desee.

Por ejemplo si se adquieren nuevos bienes o cambian las circunstancias personales y afectivas.

Los especialistas recomiendan mantenerla actualizada para que se ajuste a la evolución de la realidad del otorgante tanto patrimonial como personal.