#MiCasoRenta: ¿Cómo impacta la nueva ley el arrendamiento de bienes intangibles como marcas?

Aplica para cualquier empresa o persona que pague cuotas mensuales o anuales por el alquiler de marcas, software, derechos de uso o actividades de investigación

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¿Cómo le impacta el impuesto?

Los activos intangibles son bienes no monetarios y sin apariencia física, por ejemplo, marcas, actividades de investigación, software, derechos de uso, entre otros. Se encuentran definidos en la Norma Internacional de Contabilidad (NIC) número 38.

Este tipo de activos se registran dentro de la contabilidad de las personas o empresas porque los contribuyentes hacen pagos mensuales o anuales por el alquiler de una marca (como en el caso de las franquicias), o bien, por el arrendamiento de un sistema informático o de un derecho para explotar una imagen.

La Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas (9635) establece que se gravarán con impuesto sobre la renta a todas las personas o empresa que obtengan ingresos o ganancias exclusivas por el alquiler de bienes intangibles como marcas. Existen dos opciones para tributar.

Opción 1: todas las empresas que alquilen una marca entran de manera automática bajo las reglas del capítulo 11 de la nueva normativa, por lo que podrán deducir el 15% del monto que pagan por el arrendamiento del bien intangible sin necesidad de presentar comprobantes. Luego tendrán que cancelar una tarifa del 15% del impuesto sobre el 85% del monto restante que quedó tras aplicar la deducción inicial.

Explicado con un ejemplo, una compañía percibe mensualmente $1.000 por el alquiler de una marca, entonces tiene derecho a deducir $150 (el 15%) sin necesidad de comprobantes. Sobre los $850 restantes del monto que paga por el arrendamiento, tendrá que cancelar un impuesto de $127,5, cifra que corresponde al 15% sobre la base que quedó después de la primera deducción.

Opción 2: La ley también permite que cualquier empresa que tenga como mínimo un trabajador contratado y que esté registrada ante el Ministerio de Hacienda se pueda trasladar a otro mecanismo de pago en el cual tendrá que cancelar un 30% de impuesto sobre la renta por los ingresos del alquiler de bienes intangibles, pero podrá aplicar deducciones por todos los gastos relacionados con su operación, por ejemplo, alquiler de oficinas, electricidad, Internet, entre otros.

Los contribuyentes del impuesto por el arrendamiento de bienes intangibles deben elegir uno de los dos mecanismos para tributar durante periodo de cinco años.

¿Qué debe hacer para declarar?

La declaración por el arrendamiento de bienes intangibles se debe presentar el 15 de cada mes por medio del formulario de ganancias de capital que está disponible en la plataforma Administración Tributaria Virtual (ATV) del Ministerio de Hacienda.

El pago de este tributo también de efectuarse de forma mensual.

El arrendamiento de bienes intangibles se clasifica como una renta de capital mobiliario y la fecha para presentar la primera declaración es el próximo 15 de agosto.

¿En qué otros casos aplica?

Aplica para cualquier empresa o persona que pague cuotas –que pueden ser mensuales, anuales o por otros periodos– por el alquiler de marcas, software, derechos de uso, actividades de investigación, entre otros.

Fuente: Carla Coghi, socia de impuestos y legal de Deloitte.